Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 27/5/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 16 de mayo de 1988, por la que se establece la convocatoria de proyectos de innovación y experimentación educativa y de seminarios permanente en Andalucía.

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La innovación educativa es un instrumento importante para lograr la mejora de la calidad de la enseñanza y la educación, porque a través de ella las nuevas ideas educativas pueden ponerse en práctica y experimentarse en la realidad, colaborando así en la transformación del Sistema Educativo.

Los constantes cambios que se producen en nuestra sociedad, generan situaciones y problemáticas que el sistema educativo debe integrar como temas de análisis y reflexión de manera que posibiliten una mejor participación de los jóvenes en la sociedad. Al mismo tiempo nuestra incorporación a Europa está generando Programas de colaboración con la Comunidad Económica Europea en diversos aspectos que necesitan ser incluidos en el proceso educativo.

La Consejería de Educación y Ciencia está experimentando la Reforma del sistema educativo a través de la aplicación de nuevos modelos de organización e intervención didáctica y del diseño de programas más adaptados a las necesidades de los alumnos y a las demandas de la sociedad, dentro de un proceso de participación y debate. En virtud de ello, es necesario poner en marcha mecanismos que posibiliten la incorporación al futuro modelo educativo de los temas y programas que han ido apareciendo y que la innovación educativa tenga también entre sus objetivos la generalización del nuevo sistema educativo, así como posibilitar la participación en el diseño curricular y didáctico de la Reforma a todos los profesores interesados en ella. Todo ese proceso no puede darse sino a través de la participación directa de los profesores y equipos docentes de los Centros, con la colaboración de los padres y alumnos, junto con los Seminarios Permanentes y Movimientos de Renovación Pedagógica, que desde hace tiempo están inmersos en un proceso de reflexión y transformación del sistema educativo.

Por ello, la Consejería de Educación y Ciencia considera necesaria continuar potenciando la realización de proyectos de Innovación y Experimentación Educativas y el desarrollo de los Seminarios Permanentes. En su virtud, esta Consejería

D I S P O N E:

Artículo 1º.

1. Se convocan para el curso 88/89 proyectos de Innovación y Experimentación Educativa en Andalucía. 2. Se convocan proyectos de Seminarios Permanentes durante el curso 88/89 en Andalucía.

I. LINEAS PRIORITARIAS DE INNOVACION

Artículo 2º.

Para la selección de los proyectos de Experimentación y Seminarios Permanentes se tendrán en cuenta las siguientes prioridades: a. Proyectos que tengan como objetivo la adaptación curricular a las distintas peculiaridades y ritmos de aprendizaje de los alumnos. b. Proyectos sobre tratamiento educativo de los alumnos con dificultades en el rendimiento escolar.

c. Proyectos cuyos objetivos estén encaminados no sólo a la adquisición de conocimientos, sino al desarrollo de actitudes, destrezas y hábitos. d. Proyectos que se realicen en colaboración con otras Instituciones u Organsmos públicos o privados de carácter andaluz, nacional o internacional.

e. Proyectos que sean propuestos de manera coordinada por varios Centros.

f. Proyectos que tengan como objetivo la elaboración de planes de orientación que propongan la conexión del proceso de enseñanza con el entorno socioeconómico y laboral.

g. Proyectos de elaboración de material y recursos didácticos de apoyo para el profesorado y su aplicación en el aula en el marco de la innovación educativa y la reforma.

II. AREAS DE EXPERIMENTACION

Artículo 3º.

Los proyectos de Experimentación e Innovación Educativa podrán realizarse sobre algunas de las siguientes áreas, entre otras:

A. REFORMA DE LA ENSENANZA

Colobración con los Centros experimentales de la Reforma en: a. Elaboración y puesta en práctica de proyectos de trabajo que desarrollen total o parcialmente los diseños curriculares de la Reforma en Andalucía.

b. Elaboración y puesta en práctica de materiales y recursos de apoyo al profesorado, que ejemplifiquen modelos de intervención didáctica acordes con las líneas definidas por la Reforma y como consecuencia de la experimentación.

c. Formulación y puesta en práctica de proyectos curriculares sobre los apartados B,C,D,E,F,G,H,I,J, de esta Orden, para ser integrados en los curricula de la Reforma.

B. CULTURA ANDALUZA

Elaboración de materiales didácticos de apoyo que posibiliten proyectos de trabajo desde la perspectiva del conocimiento del entorno, como punto de partida de los procesos de enseñanza-aprendizaje, especialmente en aquellos aspectos que, como el habla andaluza, son elementos fundamentales en la configuración de nuestra identidad.

C. EDUCACION PARA LA SALUD

Los proyectos de Educación para la Salud que se convocan, dentro de la colaboración entre la Consejería de Educación y Ciencia y la Consejería de Salud y Servicios Sociales y en el marco de la propuesta de Educación para la Salud, deberán tener como objetivos entre otros, los siguientes: 1. Incorporación de la Educación para la Salud en el curriculum escolar. 2. Desarrollo de actitudes y hábitos positivos de salud. Los proyectos de Educación para la Salud tendrán como núcleo fundamental alguno de los siguientes temas:

a. Salud Ambiental.

b. Actividad Física.

c. Alimentación.

d. Higiene.

e. Sexualidad.

f. Salud mental.

g. Prevención de accidentes.

h. Drogodependencia.

D. EDUCACION DEL CONSUMIDOR Y USUARIO

Los proyectos de Educación en materia de Consumo que se convocan, en colaboración con la Consejería de Salud y Servicios Sociales, tendrán como núcleo fundamental alguno de los siguientes temas:

a. Servicio y Energía.

b. El juego y el juguete.

c. Seguridad infantil.

d. Dinero y sistema económico.

En cualquier caso estos proyectos deberán procurar una implicación de los demás profesores, de los padres y alumnos y de los agentes sociales externos al Centro.

E. EDUCACION VIAL

Experimentación de metodologías que incorporen la Educación Vial en el curriculum, favoreciendo hábitos de seguridad y colaboración en este área.

F. EDUCACION AMBIENTAL

Los proyectos que en este área se convocan, en colaboración con la Agencia de Medio Ambiente, tendrán como temas fundamentales: a. Proyectos sobre la elaboración de materiales que posibiliten una didáctica ambiental.

b. Proyectos sobre el conocimiento y uso de las energías alternativas. c. Proyectos sobre la consideración educativa de la protección y recuperación del medio ambiente.

G. PROGRAMAS DE CARACTER INTERNACIONAL

Se trata de potenciar la realización de proyectos que hayan sido promovidos por la Comunidad Económica Europea u otros Organismos Internacionales, entre los que pueden destacarse:

a. Proyectos de participación en actividades de la Campaña Pública Europea sobre la interdependencia y la solidaridad Norte-Sur. b. Proyectos que promuevan la igualdad sin diferencia de sexo en la vida escolar.

c. Proyectos sobre Educación para la Paz:

Proyectos que fomenten la convivencia, la solidaridad y la tolerencia y que tengan como núcleo fundamental la Paz.

H. COORDINACION DE LA ENSENANZA CON EL MUNDO DEL TRABAJO a. Proyectos que tengan como objetivo la adaptación de las programaciones de tecnologías y prácticas de la Formación Profesional a las características del mundo actual de la producción y los servicios, y donde se potencie la colaboración al respecto con las Empresas del entorno.

b. Proyectos que tengan como objetivo la adaptación de las programaciones de enseñanzas y actividades técnico-profesionales de Bachillerato a las características del mundo actual de la producción y los serviciios, y donde se potencia la colaboración al respecto con las Empresas del entorno.

c. Proyectos que tengan como objetivo la información y difusión del cooperativismo entre los alumnos.

I. MEDIOS DE COMUNICACION

Proyectos para fomentar el conocimiento y uso de los medios de comunicación (prensa, radio, cine, TV), como objeto de estudio en sí y como recurso didáctico.

J. ORGANIZACION ESCOLAR Y ORIENTACION

a. Proyectos de organización escolar relativos a agrupamientos de alumnos, utilización de espacios, coordinación entre los distintos ciclos y estructuración departamental y/o por Seminarios dentro de una organización general del profesorado en el Centro.

b. Planes de orientación para el acceso a las Enseñanzas Medias de los alumnos de E.G.B.

c. Proyectos sobre elaboración de material y recursos didácticos de apoyo para otros profesores en el marco de la innovación educativa. d. Proyectos de coordinación entre Centros de E.G.B. y Centros de Enseñanzas Medias con vistas a dar continuidad a las respectivas programaciones.

e. Proyectos de orientación para el trabajo y la Universidad de alumnos de Enseñanzas Medias.

f. Proyectos de coordinación entre Centros de Enseñanzas Medias y la Universidad.

K. HUERTOS ESCOLARES

Las propuestas de trabajo de Huertos Escolares deberán ajustarse a alguno de los siguientes aspectos:

a. Integración de las actividades en el curriculum escolar. b. Interdisciplinariedad de las actividades programadas en el Huerto Escolar.

c. Metodología activa y participativa.

d. Apertura de las actividades del Huerto Escolar a los demás miembros de la comunidad escolar.

e. Trabajos de investigación sobre temas puntuales: cultivos de regadío y de secano, el invernadero, cultivos hidropónicos, etc... f. Iniciación de los alumnos participantes en la educación ambiental. El diseño de la actividad presentada se ajustará a lo especificado en el Anexo IV.

L. OTROS TEMAS PROPUESTOS POR LOS CENTROS

II. SEMINARIOS PERMANENTES

Artículo 4º.

1. Los Seminarios Permanentes son una modalidad de grupos de trabajo como sistema continuado de autoperfeccionamiento y reflexión en equipo del Profesorado. Su funcionamiento se llevará a cabo a partir de situaciones concretas y ligadas a la realidad del aula. Por ello, los objetivos básicos de los Seminarios Permanentes tenderán a:

a. Posibilitar la actualización y el perfeccionamiento continuo del profesorado hacia la Renovación Pedagógica como base de un cambio cualitativo y progresivo de la educación.

b. Encauzar el intercambio de experiencias educativas y posibilitar la difusión y el estudio de las nuevas técnicas pedagógicas y didácticas. c. Potenciar la iniciativa y la capacidad creadora del profesorado. d. Fomentar la investigación y la innovación didáctica. e. Incardinar la educación en su entorno, profundizando en la cultura y modo de expresión de Andalucía.

f. Fomentar el desarrollo de un modelo de educación basado en técnicas activas, de organización en equipos y de participación democrática de los alumnos, que conecte el aprendizaje con su desarrollo psicológico y social y con sus intereses, propiciando valores de solidaridad y capacidad crítica.

g. Construir modelos abiertos de actuación educativa y diseños curriculares que combinen con coherencia las características y finalidades expuestas anteriormente.

h. Llevar a la práctica aquellas innovaciones en metodología o curriculum a cuyo diseño se haya llegado tras una participación en Seminarios Permanentes anteriores con experiencias previas. i. Ser un marco de participación para grupos de trabajo preexistentes y para colectivos de Renovación Pedagógica.

j. Realizar estudios teóricos sobre autores o temas educativos de interés que actualicen la formación del profesorado en el marco de una teoría científica de la enseñanza y realizar proyectos para su aplicación práctica en el aula.

k. Elaborar material y recursos didácticos de apoyo para los profesores en el marco de la Innovación Educativa.

2. Los Seminarios Permanentes y la Reforma.

Los Seminarios Permanentes constituyen al mismo tiempo un medio para posibilitar la participación de los profesores en el diseño del nuevo sistema educativo, tanto en la formulación de los diseños curriculares, como en la organización escolar y modelos de intervención didáctica necesarios para su futura implantación.

En virtud de ello, los Seminarios Permanentes podrán tener asimismo los siguientes objetivos:

a. Análisis, sugerencias y reformulación sobre los diseños curriculares de la Reforma para su elaboración definitiva.

b. Elaboración de proyectos de trabajo que desarrollen total o parcialmente en áreas educativas o materias, los diseños curriculares de la Reforma en Andalucía.

c. Elaboración de documentos, materiales y recursos de apoyo al profesorado que ejemplifiquen modelos de intervención didáctica acordes con las líneas definidas por la Reforma y como consecuencia de la experimentación.

d. Elaboración de proyectos curriculares sobre los apartados B, C, D, E, F, G, H, I y J de esta Orden para ser integrados en los curricula de la Reforma.

IV. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y RESOLUCION

Artículo 5º.

Los Coordinadores de los proyectos que deseen tomar parte en esta convocatoria formularán su solicitud al Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, por medio de instancia, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo I de esta Orden, a la que se unirá la siguiente documentación: a. Proyecto de la actividad que se va a realizar de acuerdo con el Anexo II, III ó IV, según corresponda, de la presente Orden.

b. Presupuesto detallado del coste del proyecto o Seminario Permanente. c. En el caso de proyectos de Experimentacion, Acta de aprobación del proyecto por parte del Consejo Escolar del Centro e informe del Claustro. Cuando se trate de proyectos experimentales presentados por varios Centros, habrá de adjuntarse la aprobación del proyecto por los Consejeros Escolares correspondientes y los informes de los Claustros de Profesores implicados. A tal efecto, el proyecto deberá ser presentado a estos Organos con una antelación mínima de 72 horas.

d. Relación de los componentes que participen en el proyecto o Seminario Permanente, detallando el No de Registro Personal o D.N.I., su situación administrativa, el Centro de trabajo y la localidad.

Artículo 6º.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los treinta días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta Orden. Los Seminarios Permanentes que no pudieran constituirse como tales en el plazo fijado anteriormente, podrán presentar su solicitud hasta el 30 de septiembre del presente año.

Artículo 7º.

Las solicitudes y documentación complementarias deberán presentarse en las correspondientes Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia mediante cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y el artículo

51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 8º.

En cada Delegación Provincial se constituirá una Comisión Provincial para la selección de proyectos formada por:

a. El Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Educación y Ciencia o persona en quien delegue.

b. El jefe del Servicio de Ordenación Educativa.

c. El jefe del Servicio de Inspección o Inspector Asesor en quien delegue.

d. Los Coordinadores de Centros de Profesores de la provincia. e. El funcionario que realice la Coordinación Provincial de la Reforma. f. Hasta tres representantes de los Movimientos de renovación Pedagógica de la provincia, designados por ellos mismos.

g. Dos profesores designados por la Junta de Personal provincial y 1 profesor designado por los Sindicatos representativos a nivel provincial de los profesores de Enseñanza Privada.

h. Dos representantes de los padres de alumnos, designados por las Federaciones Provinciales respectivas.

i. Dos representantes de los alumnos, designados por la Mesa Provincial de alumnos.

j. Un funcionario de la Delgación Provincial, que actuará como Secretario, con voz, pero sin voto.

Artículo 9º.

Dicha Comisión Provincial tendrá las siguientes funciones: a. Realizar un informe sobre los proyectos de Innovación y Experimentación Educativa y los Seminarios Permanentes que se presenten a la convocatoria.

b. Participar en el seguimiento y valoración de los proyectos que sean aprobados por la Consejería de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo establecido en la presente Orden.

Artículo 10º.

La Comisión Provincial establecida en el artículo 8º se reunirá cuantas veces sea necesaria a los efectos de informar sobre la selección de los proyectos de Experimentación y Seminarios Permanentes. Dicho informe se realizará en un plazo no superior a los quince días desde la finalización del plazo de presentación previsto en el artículo 6º de esta Orden. Dicha Comisión podrá contar con especialistas y expertos que tendrán voz pero no voto.

Artículo 11º.

El informe emitido por la mencionada Comisión, junto con la propuesta del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia, será remitido a la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo establecido en el artículo anterior.

Artículo 12º.

La selección de los proyectos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

a. Relación de proyectos de Experimentación con algunas de las prioridades establecidas en el artículo 2º de la presente Orden. b. Relación de los Seminarios Permanentes con las prioridades establecidas en el artículo 2º de esta Orden y los objetivos básicos mencionados en el artículo 4º de la misma.

c. El apoyo dado al proyecto por el Consejo Escolar del Centro, el Claustro y la Comisión Provincial establecida en el artículo 8º de la presente Orden.

d. La capacidad del proyecto para potenciar el trabajo en equipo del profesorado.

e. El rigor en la elaboración del proyecto y su contribución a la mejora de la calidad de la enseñanza.

f. La adecuada relación entre los objetivos que se persiguen y los recursos que se solicitan.

Artículo 13º.

El Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia resolverá la convocatoria en función de lo establecido en la presente Orden y a propuesta de la Dirección General de renovación pedagógica y Reforma, o de la Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa en el caso de los Huertos Escolares.

V. SEGUIMIENTO Y EVALUACION

Artículo 14º.

1. La Comisión provincial para la selección de los proyectos de Experimentación e Innovación Educativa y Seminarios Permanentes establecerá el número de Comisiones de Seguimiento para los proyectos o Seminarios Permanentes que sean necesarias para el adecuado desarrollo de esta tarea.

Estas Comisiones estarán formadas por:

a. Un miembro del Centro de Profesores de la zona en la que se desarrolla el proyecto.

b. Un inspector del equipo de asesoramiento nombrado por el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia. c. Un profesor nombrado por el Ilmo. Sr. Delegado, a propuesta de los dos miembros anteriores.

Dicho profesor será un especialista o experto de la materia o nivel objeto de cada proyecto y será el encargo de realizar el seguimiento directo del mismo, según el plan diseñado por la Comisión de Seguimiento. 2. Las Comisiones de Seguimiento establecerán un calendario de reuniones y visitas con los profesores afectados con el fin de poder conocer directamente la realización de la experiencia, el cual se comunicará a los mismos.

3. Los proyectos de Experimentación y Seminarios Permanentes autorizados presentarán en el mes de junio de 1989 una Memoria Final que incluirá: a. Relación de actividades efectivamente desarrolladas. b. Justificación de los gastos realizados.

c. Valoración de los resultados obtenidos.

d. Conclusiones y sugerencias de modificación.

4. Cada comisión de seguimiento realizará un informe sobre cada uno de los proyectos en su ámbito de competencia, en el que se indique: a. Valoración sobre el proceso de realización del proyecto. b. Incidencia del proyecto en la mejora de la calidad de la enseñanza. Dicho Informe será enviado a la Comisión provincial y al Centro de Profesores correspondientes.

5. En base a estos informes, cada una de las Comisiones Provinciales o Centros de Profesores correspondientes adoptarán las medidas oportunas para la difusión en su ámbito de actuación correspondiente, de aquellas experiencias o proyectos que se considere que han supuesto una aportación importante para su conocimiento por el resto del profesorado. Dicha difusión habrá de ponerse en marcha a partir del mes de septiembre de

1989.

6. Las Delegaciones Provinciales, remitirán a la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma copia de las Memorias e informes sobre el seguimiento y evaluación mencionados en la presente Orden, indicando los proyectos que han sido seleccionados para su difusión a nivel comarcal o provincial.

7. La Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma, dará instrucciones sobre la evaluación de los proyectos de Experimentación. 8. La Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa dará instrucciones sobre la evaluación y seguimiento de los proyectos de Huertos Escolares.

Artículo 15º.

Los proyectos de Experimentación o Seminarios Permanentes que sean aprobados se comprometerán por escrito a:

a. Aceptar el seguimiento y evaluación establecidos en el artículo 14º, así como facilitar la documentación y las justificaciones económicas en los plazos que se fijen para tal fin.

b. Presentar copia de los materiales didácticos elaborados para la realización del proyecto o Seminario Permanente en el Centro de Profesores que por su ubicación le corresponda.

c. Dar la máxima información a los alumnos y padres sobre el proyecto.

Artículo 16º.

La Consejería de Educación y Ciencia financiará total o parcialmente los proyectos aprobados en función de los recursos presupuestarios disponibles y de lo establecido en la presente Orden, según el procedimiento que establezca la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma o la Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa en el caso de los Huertos Escolares.

Artículo 17º.

Los Centros de Profesores prestarán el apoyo necesario para cubrir las necesidades de perfeccionamiento que pudieran derivarse de los Proyectos o Seminarios Permanentes que se desarrollen en su ámbito de influencia. Asimismo, facilitarán el intercambio y la difusión de las experiencias.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Las Delegaciones Provinciales difundirán la presente Orden a todos los Centros Educativos, Centros de Profesores, Movimientos de Renovación Pedagógica y a los componentes de las distintas Mesas de trabajo existentes en la Delegación Provincial.

Segunda. Los proyectos de Campaña de Fomento de la Lectura y Educación Compensatoria se regularán mediante convocatoria específica.

Tercera. Aquellos proyectos de Experimentación autorizados en este curso, cuyos profesores hayan obtenido destino en un nuevo Centro por el sistema ordinario de provisión de plazas y pretendan continuar dicho proyecto, presentarán su solicitud en el plazo fijado en esta convocatoria, estando su autorización condicionada en cualquier caso al informe del Claustro y aprobación del Consejo Escolar del nuevo Centro, que han de ser remitidos a esta Consejería antes del 30 de septiembre.

Cuarta. Se faculta a la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma para el desarrollo y aplicación de lo establecido en la presente Orden.

Sevilla, 16 de mayo de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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