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Ilmo. Sr.:
En el recurso contencioso-administrativo seguido ante la Audiencia Territorial de Granada bajo el número 120/86, interpuesto por Dña. Mercedes Díez González contra Resolución de esta Consejería de Educación y Ciencia de 27 de noviembre de 1985, por la que se desestima recurso de reposición promovido contra la Orden de 11 de julio de 1985, resolutoria de concurso de traslados entre profesores de Educación General Básica, se ha dictado Sentencia en fecha 21 de abril de 1988, cuya parte dispositva literalmente dice:
"Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso promovido por el Procurador Sr. Sánchez Herrera, en nombre y representación de Dña. Mercedes Díez González, contra Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, confirmatoria de la Orden de 11 de julio de 1985, por la que se adjudicaron con carácter definitivo las plazas vacantes a concurso convocado el 20 de diciembre anterior, declarando que no procede reconocer a la interesada derecho preferente a la plaza de Almería respecto a la concursante Dña. Dolores Benavente Céspedes, por estimar a ésta con mejor derecho, confirmando por ello las dos Resoluciones impugnadas. Sin costas". Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia, en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 31 de mayo de 1988
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Personal.
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