Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 24/6/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

DECRETO 241/1988, de 21 de junio, de creación de la Comisión Promotora de la Candidatura del Campeonato del Mundo de Vela de Clases Olímpicas Bahía de Cádiz 1992.

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La conmemoración del V Centenario del Descubrimiento de América ha traído consigo la necesidad de constituir una serie de Organismos llamados a llevar a cabo la programación y ejecución de las distintas actividades y actos que van a celebrarse.

Asimismo, la conmemoración del V Centenario ha coincidido con la designación de la ciudad de Barcelona como Sede de los Juegos Olímpicos de Verano de 1992.

Dentro de las actuaciones que acompañarán la celebración de estos acontecimientos, se inscribe la Semana Naval de la Bahía de Cádiz, que resaltará el papel primordial y la importancia desempeñados por la Comarca de la Bahía de Cádiz, como puente y puerta de las continuas relaciones de España con América; como colofón de esta Semana Naval, es deseo del Gobierno Andaluz conseguir que sea también en Cádiz donde haya de celebrarse el Campeonato del Mundo de Vela de Clases Olímpicas, precisamente en ese crucial año de 1992.

La favorable acogida que tales eventos suscita en el Gobierno de Andalucía, dentro de la política llevada a cabo con vistas a 1992, y la necesidad de aunar todos los esfuerzos, en unos acontecimientos de tanta proyección internacional, requiere, concretamente para la presentación de la Candidatura del Campeonato del Mundo de Clases Olímpicas Bahía de Cádiz

1992, la creación de una Comisión Promotora en la que se encuentren presentes las distintas Administraciones Autonómica, Provincial y Municipales, así como los distintos Organismos Deportivos que estarían implicados en la celebración del campeonato del Mundo de Vela de Clases Olímpicas de 1992, y cuya misión fundamental sería la promoción y consecución para la Bahía de Cádiz, la organización de tal evento deportivo.

Así pues, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley

75/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el Real Decreto 4096/82 de 29 de diciembre (BOE núm. 41 de 17 de febrero de

1983 y BOJA núm. 16 de 25 de febrero de 1983) B, 1º, 2a y c, de su Anexo I, que traspasó las funciones y servicios del Estado en materia de Deportes, como se preveía en el artículo 13.31 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 37.4 de la Ley 6/83 del Gobierno y la Administración Autónoma (BOJA núm. 60, de 29 de julio), a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de junio de 1988,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Se crea la Comisión Promotora para la candidatura del Campeonato del Mundo de Vela de clases Olímpicas "Bahía de Cádiz 1992" que tendrá entre otras las siguientes funciones: a) Proponer y orientar, a través de la Consejería de Cultura, los acuerdos y decisiones necesarias, a fin de lograr una coordinación efectiva entre los distintos Organismos Públicos, que potencien y refuercen la Candidatura de la Bahía de Cádiz, como Sede del Campeonato del Mundo de Vela de Clases Olímpicas de 1992. b) Fijar las Directrices precisas para la ejecución de planes y proyectos llamados a dotar de la infraestructura necesaria dentro de la Bahía de Cádiz, como Sede del Campeonato, caso de ser designada. c) Informar de las iniciativas tanto públicas como privadas que se realicen y canalizar las mismas, proponiendo a la Consejería de Cultura la formalización de Convenios y Conciertos de Colaboración, que favorezcan la Candidatura "Bahía de Cádiz 1992".

d) Solicitar, a través de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la colaboración de otras Administraciones Públicas de las distintas Comunidades Autónomas del Estado Español, así como de los organismos y entidades de ellas dependientes. e) Informar puntualmente al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Cultura, de la marcha y el estado en que se encuentren las actuaciones emprendidas por la Comisión Promotora, así como de los planes y proyectos viables, que se estimen necesarios, para su posterior estudio, y en su caso, aprobación. f) Informar y asesorar a la Consejería de Cultura de todos aquellos aspectos técnico-deportivos que le sean recabados. g) Realizar cuantas gestiones fueren precisas, cerca de los organismos deportivos internacionales, a fin de promocionar y potenciar la Candidatura "Bahía de Cádiz 1992".

Artículo 2. La Comisión Promotora estará integrada en la siguiente forma:

Presidente: Excmo. Sr. Consejero de Cultura de la Junta de Andalucía. Vicepresidente: Ilmo. Sr. Viceconsejero de Cultura de la Junta de Andalucía.

Vocales: Excmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Cádiz. Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz. Excmo. Sr. Comandante General de la Zona Marítima del Estrecho. Ilmo. Sr. Director General de Deportes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

Ilmo. Sr. Director General del Consejo Superior de Deportes. Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Cádiz de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Chipiona.

Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento del Puerto de Sta. María. Ilmo. Sr. Alcalde de Chiclana.

Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Puerto Real.

Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Rota.

Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de San Fernando.

Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda. Ilmo. Sr. Presidente de la Federación Española de Vela. Sr. Presidente de la Federación Andaluza de Vela.

Sr. Presidente de la Federación Gaditana de Vela.

Artículo 3. La Comisión Promotora de la Candidatura Bahía de Cádiz 1992 estará asistida por un Comité Técnico cuyas funciones serán las de preparación de sesiones, estudio y formulación de propuestas de acuerdos, así como el seguimiento de los mismos, dándole cuenta de ellos. El Comité Técnico estará integrado por el representante designado al efecto, por cada uno de los miembros de la Comisión Promotora. Asimismo podrán constituirse las ponencias y áreas de trabajo que se estimen oportunas para el mejor desarrollo de sus funciones.

Artículo 4. Al objeto de asegurar la efectividad de las sesiones que haya de celebrar la Comisión Promotora de la Candidatura "Bahía de Cádiz

1992", a las mismas podrán asistir, en caso de imposibilidad de alguno de sus titulares, la persona que se designe por la institución u organismo correspondiente. También podrá convocar a sus sesiones a aquellas personas cuyo asesoramiento en extremos concretos se tenga por conveniente.

Artículo 5. La Comisión Promotora se regirá para el desarrollo de sus sesiones por lo dispuesto en la vigente Ley de Procedimiento Administrativo para los órganos colegiados.

Artículo 6. La sede de la Comisión Promotora de la Candidatura estará radicada en la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, que atenderá los medios materiales y personales necesarios para su funcionamiento, dentro de sus disponibilidades presupuestarias.

DISPOSICIONES ADICIONALES

I. La Comisión Promotora de la Candidatura "Bahía de Cádiz 1992" desarrollará sus funciones desde el momento de su constitución hasta la fecha en que se designe por los organismos internacionales competentes la Sede de los Campeonatos del Mundo de Vela de Clases Olímpicas de 1992, sin perjuicio de prolongarlas, caso de ser designada la Bahía de Cádiz como Sede del Campeonato, hasta la celebración del mismo.

II. La Comisión Promotora se constituirá en el plazo máximo de quince días desde la publicación del presente Decreto.

III. Se autoriza al Consejero de Cultura de la Junta de Andalucía para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente Decreto, facultándole para establecer las indemnizaciones por asistencia a las sesiones de la Comisión Promotora y sus ponencias, así como de la incidencia económica que de la aplicación del mismo pueda derivarse.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 21 de junio de 1988.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

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