Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 22/1/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Trabajo

ORDEN de 23 de diciembre de 1987, por la que se aprueban las tarifas de la Asociación Gremial de Autotaxis y de la Asociación Profesional de Tele-Taxis de Almería.

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El Consejero de Economía y Fomento, en virtud de las competencias atribuidas por la Orden de 6 de mayor de 1987, de la Consejería de Economía y Fomento,

HA RESUELTO

Aprobar las siguientes tarifas para la Asociación Gremial de Autotaxis y de la Asociación Profesional de tele-taxis de Almería. Tarifa autorizada

Concepto (IVA incluido)

1. Tarifa ordinaria

Bajada de Bandera................................................. 74 ptas Por cada kilómetro recorrido.................................... 39 ptas. Por hora de espera............................................ 1.023 ptas.

2. Suplementos normales

Por cada maleta o bulto de más de 60 cm......................... 32 ptas. Días festivos desde las 0 a las 24 horas........................ 46 ptas. Servicios nocturnos días laborales desde

las 22 a las 6 horas............................................. 46 ptas.

Servicios especiales

C.1. Servicio aeropuerto-ciudad y viceversa en un sólo sentido, será incrementado con un suplemento sobre el marcado de................................................... 263 ptas. C.2. Desde el aeropuerto a la barriada de Costacabana, Alquián y Cañada de San Urbano.......................................... 756 ptas. C.3. Espera en las estaciones marítimas y de ferrocarril........ 36 ptas. C.4. Sábados a partir de las 15 horas........................... 36 ptas. C.5. Días de Feria, Navidad y Año Nuevo (24 de diciembre al

6 de enero)...................................................... 36 ptas. Carrera mínima................................................. 190 ptas. Para la aplicación de estas tarifas se tendrán necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986 del Consejo de Gobierno.

Dichos precios entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de diciembre de 1987

JOSE AURELIANO RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento.

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