Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 22/1/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 8 de enero de 1988, del Instituto de Fomento de Andalucía, por la que se delegan determinadas atribuciones en el Secretario General .

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El artículo 9 del Decreto 122/1987, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley del Instituto de Fomento de Andalucía efectúa específica habilitación de atribuciones en el Presidente de este ente público entre las que figura en su apartado n) la delegación de aquéllas, dando cuenta al Consejo Rector. Con objeto de agilizar la tramitación de cuantas actuaciones se materialicen para el ejercicio de sus funciones, descargando al Presidente algunos aspectos procedimentales o formales que puedan demorarlas, y de conformidad con el artículo 47.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración Autónoma de Andalucía.

HE RESUELTO

1º) Quedan delegadas en el Secretario General las siguientes atribuciones, atribuidas por el artículo 9 del Decreto 122/1987, de 6 de mayor, al Presidente del Instituto de Fomento de Andalucía:

a) La materialización y la formalización de los actos de ejecución en la dirección de los asuntos relacionados con el personal y régimen interior del Instituto (Apartado d).

b) La formalización de las actuaciones, inversiones, préstamos y avales cuyo compromiso de pago, gasto y riesgo no exceda de 50.000.000 ptas., acordadas por el Presidente.

c) La disposición del gasto y ordenación del pago en materia de personal y mantenimiento, en la cuantía que suponga la nómina y facturación mensual (Apartado e, inciso final).

d) La formulación en documento público o privado de los contratos que realice el Instituto, sin perjuicio de su adjudicación por el órgano de contratación (Apartado j).

2º) La delegación a que se refiere la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, esta Presidencia pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantas atribuciones se delegan en el punto anterior.

3º) La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de enero de 1988.- El Presidente, Antonio Valdivieso

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