Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 22/1/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 18 de diciembre de 1987, por la que se convoca a los Centros de Enseñanza General Básica y Enseñanzas Medias, dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de una experiencia sobre la enseñanza del francés a través del vídeo.

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La Consejería de Educación y Ciencia es consciente de la importancia que la enseñanza de los idiomas extranjeros y en concreto la lengua francesa tiene en la sociedad actual, así como de la necesidad permanente de renovación de las técnicas pedagógicas y los medios didácticos puestos al servicio de esas enseñanzas y reconoce asimismo la conveniencia de establecer cauces de colaboración con entidades u organismos que se propongan esos mismos fines.

Por su parte, el Servicio Cultural de la Embajada de Francia en España desarrolla una serie de actividades destinadas a favorecer la difusión y promoción de la lengua francesa y del material audiovisual para la enseñanza producido en ese país.

Fruto de la convergencia de intereses de ambos Organismos, ha sido la firma del "Convenio para la experimentación de nuevas técnicas y metodologías en la enseñanza del Francés en Andalucía" de fecha

27.11.87 autorizado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28.10.87, que permitirá llevar a cabo conjuntamente acciones concretas destinadas a tal fin, en el contexto de la colaboración antes citada. En el marco de dicho Convenio y al objeto de llevar a la práctica lo establecido en la estipulación 2. del mismo, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero: Convocar a los Centros de Enseñanza General Básica y Enseñanzas Medias de la Comunidad Autónoma de Andalucía a una experimentación relacionada con la enseñanza del Francés por medio del vídeo, a realizr durante los cursos 1987

88 y 1988

89.

Segundo. 1. Los magnetoscopios necesarios para la realización de la experiencia serán aportados a los Centros por la Consejería de Educación y Ciencia.

2. El material didáctico necesario para llevar a cabo la experiencia, y del que figura una relación a título indicativo en el anexo I de esta Orden, será puesto a disposición de los Centros por el Servicio Cultural de la Embajada de Francia en España.

Tercero. Los Centros solicitantes deberán enviar el anexo II de esta Orden, debidamente cumplimentados, a la Dirección General de Ordenación Académica de esta Consejería, en el plazo de 30 días a partir del día siguiente de su publicación en el BOJA.

Cuarto. De entre todos los Centros solicitantes, se seleccionará un máximo de 10 Centros que lleven a cabo la experimentación. En el proceso de selección se valorará la experiencia anterior en el uso de medios audiovisules, así como las actividades de promoción de la enseñanza del Francés realizadas con anterioridad en los mismos.

Quinto. 1. La Consejería de Educación y Ciencia y el Servicio Cultural de la Embajada de Francia en España organizarán y desarrollarán cursos, destinados a los profesores que participen en la experiencia y enfocados a la adquisición por parte de éstos de formación complementaria en las técnicas pedagógicas que supone la enseñanza del Francés con medios audiovisuales.

2. El Servicio Cultural de la Embajada de Francia en España, con la colaboración de la Consejería de Educación y Ciencia, organizará un curso de verado de 1988, dirigido a una profundización en las técnicas de la enseñanza del Francés con medios audiovisuales en una Universidad especializada en tales efectos.

Sexto. Los Centros seleccionados deberán mantener la experiencia hasta la finalización de la misma.

Séptimo. Se faculta a la Dirección General de Ordenación Académica para la finalización y desarrollo de lo establecido en esta Orden.

Sevilla, 28 de diciembre de 1987

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

(Vease ANEXO I)

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