Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 28/6/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 20 de junio de 1988, por la que se autoriza a la Mancomunidad Intermunicipal Moguer-Palos de la Frontera a establecer un canon de mejora para atender a la financiación de su aportación en las obras de saneamiento integral de la playa de Mazagón.

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Ilmo. Sr.:

Con fecha 24 de febrero de 1988 fue remitido a la Consejería de Obras Públicas y Transportes el certificado de acuerdo de la comisión Gestora de la Mancomunidad Intermunicipal de Moguer-Palos de la Frontera por el que se solicitaba de esta Consejería la implantación de un canon de mejora para financiar su aportación a las obras de Saneamiento de la Playa de mazagón, obras que fueron contratadas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes y cuyo régimen de financiación quedó fijado en un 50 por ciento a cargo de la Junta de Andalucía, el 50 por ciento restante a cargo de la Mancomunidad Intermunicipal. Acompañaba a la solicitud un estudio de establecimiento del canon justificativo de la necesidad de su implantación, así como de su cuantía y estructura. El canon de mejora es una de las fórmulas de auxilio del Estado y, tras el traspaso de competencias producido, de las Comunidades Autónomas a los Ayuntamientos para las obras de abastecimiento de agua potable y alcantarillado establecida y regulada por el artículo 3º, apartado c) del Decreto de 1 de febrero de 1952, complementado por los Decretos de 25 de febrero de 1960 y de 25 de octubre de 1962 y por el Decreto 1574/79 de 29 de junio.

En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas por las Disposiciones citadas, previo informe del Departamento de Planificación y Gestión Hidráulica, a propuesta de la Dirección General de Obras Hidráulicas, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se autoriza a la Mancomunidad Intermunicipal Moguer-Palos de la Frontera a establecer un canon de mejora para atender a la financiación de su aportación en las obras de saneamiento integral de la Playa de Mazagón.

Segundo. El canon de mejora estará compuesto por los siguientes conceptos:

1. Parte fija, a cobrar a cada promotor de nuevas fincas que se construyan y que tomen agua de la red de abastecimiento de mazagón, por un importe de cincuenta mil (50.000) pesetas por cada nueva vivienda a suministrar. Esta parte será objeto de una actualización anual automática cada primero de enero, incrementando su importe en un 6 por ciento acumulativo.

2. parte variable, a cobrar a todos los usuarios del servicio de abastecimiento, por un importe de veinticinco (25) pesetas por metro cúbico de agua facturado.

Tercero. Se autoriza al Director General de Obras Hidráulicas para dictar cuantas instrucciones y actos estime necesarios para la efectiva aplicación de la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 20 de junio de 1988

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmo. Sr. Director General de Obras Hidráulicas.

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