Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 12/7/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Planificación

ACUERDO de 14 de junio de 1988, del Consejo de Gobierno, por el que se accede a la reversión, solicitada por el ayuntamiento de Córdoba, de un derecho de superficie constituido sobre 10.000 metros cuadrados de terrenos propiedad municipal, sitos en la huerta de los Aguayos de Córdoba.

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Por el Ayuntamiento de Córdoba fue cedido a la Administración del Estado un derecho de superficie constituida sobre 10.000 metros cuadrados de terreno propiedad municipal, sitos en el lugar denominado "Huerta de los Aguayos" de Córdoba, con el fin de constituir sobre los mismos unas instalaciones deportivas en el plazo de 5 años. La constitución y cesión del derecho de superficie fueron formalizadas en escritura pública con fecha 2 de octubre de 1976, e inscritas en el Registro de la Propiedad de Córdoba al Tomo 1.495, libro 1.495, número 435, Sección 2a, folio 31, finca no 33.126, inscripción 2a.

Por Real Decreto 1124/1984, de 29 de febrero, el mencionado derecho fue transferido a la Comunidad Autónoma de Andalucía, quedando adscrito a la Consejería de Cultura.

El Ayuntamiento de Córdoba, considerando la no edificación en el plazo convenido, solicita la reversión del derecho de superficie al objeto de proceder a su extinción mediante la correspondiente escritura pública que posibilite su cancelación registral. Por otro lado, la Consejería de Cultura informa favorablemente la reversión por no entrar en los Planes previstos la realización de las obras.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Planificación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de junio de 1988, adoptó el siguiente

A C U E R D O :

Primero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 173 de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, se accede a la reversión, y por consiguiente, a la extinción del derecho de superficie constituido sobre 10.000 metros cuadrados de terreno sitos en la Huerta de los Aguayos de Córdoba, a favor del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

Segundo. De la presente reversión, asiá como de la extinción del derecho de superficie, se otorgará escritura pública en la que se hará constar formal declaración relativa a que, con la entrega y recepción del derecho en la situación en que actualmente se encuentra, el Ayuntamiento de Córdoba considera enteramente satisfecho su derecho, sin que tenga que reclamar nada ante la Comunidad Autónoma por ningún concepto derivado o relacionado con la cesión, conservación y reversión de aquél, y a que serán de su exclusivo cargo todos los gastos a que dé lugar la reversión y la escritura pública en que se formalice.

Tercero. Por la Consejería de Hacienda y Planificación, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites conducentes a la efectividad de cuanto se dispone en el presente Acuerdo.

Sevilla, 14 de junio de 1988

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda y Planificación

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