Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 14/7/1988

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 7 de julio de 1988, de la Dirección General de Personal, por la que se hace pública la comisión seleccionadora que ha de juzgar el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajos docentes de carácter singular, convocado por Orden de 17 de junio.

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De conformidad con lo establecido en el punto 4º de la Orden de 17 de junio de 1988 (BOJA del 21) por el que se convocó a concurso de méritos los puestos de trabajo docentes de carácter singular que figuran en el Decreto 236/88 de 14 de junio, procede nombrar las comisiones seleccionadoras que han de juzgar los méritos establecidos en el baremo de puntuaciones.

En su virtud, esta Dirección General de Personal ha tenido a bien disponer:

1º. Habrá una sola comisión seleccionadora.

2º. La composición de la misma será la siguiente: Presidente: D. Manuel Garrido Bogado. Jefe de Servicio de la

Delegación Provincial de Huelva.

Vocales: D. Alberto Moreno Navarro. Jefe de Servicio de la Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa. D. Antonio García Tena. Función Inspectora. D. José Almeida Nesi. Función Inspectora. D. Carlos Gentil González. Jefe de Sección de la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma.

D. Narciso Simón Galindo. (ANPE).

D. Juan Escabias Esteo. (CC. OO.).

D. Rafael Díaz Medina. (C.S.I.F.).

D. Sotero Hernández Franco. (FETE-UGT). Secretaria: Dª Manuela Fernández-Victorio de la Fuente. Funcionaria de la Consejería de Educación y Ciencia.

3º. El Presidente podrá proponer al Director General de Personal el nombramiento de asesores.

4º. Los miembros de la comisión seleccionadora y los asesores tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción en el caso de que tengan que desplazarse de su residencia habitual, quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 236/88.

A los efectos previstos en el art. 33 del citado Real Decreto, esta comisión de valoración debe considerarse incluida en la categoría primera de las contempladas en el Anexo IV del Real Decreto de referencia.

Sevilla, 6 de julio de 1988.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.