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En el recurso contencioso-administrativo número 620/1985, seguido ante la Audiencia Territorial de Sevilla a instancias de D. Juan Díez García, contra las Resoluciones de la Consejería de la Presidencia de 11 de diciembre de 1984 y 6 de febrero de 1985, denegatorias de solicitud de indemnización de los daños sufridos por su automóvil, se ha dictado Sentencia en fecha 31 de diciembre de 1987, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por D. Juan Díez García, contra las Resoluciones de la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía de 11 de diciembre de
1984 y 6 de febrero de 1985 por las que, inicialmente y al desestimar la reposición, se denegó al funcionario recurrente la solicitud de indemnización de los daños sufridos por su automóvil".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 14 de julio de 1988
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
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