Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 2/8/1988

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

ANUNCIO de convocatoria de 8 plazas de personal al servicio del Defensor del Pueblo Andaluz, con carácter de personal eventual y por el sistema de libre designación.

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Aprobada la nueva plantilla del Defensor del Pueblo Andaluz por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 27 de julio de 1988, he resuelto convocar 8 plazas vacantes conforme a las siguientes.

B A S E S

Primera. Denominación, carácter y sistema de selección de las plazas que se convocan.

a) Dos plazas de Asesores Técnicos, asimiladas a Jefes de Negociado del Parlamento de Andalucía.

b) Dos plazas de Oficiales de Gestión.

c) Dos plazas singularizadas de Auxiliares Administrativos, y d) Dos plazas de ujieres.

Todas ellas tienen carácter de eventuales, realizándose la selección por el sistema de libre designación.

Segunda. Requisitos de los candidatos:

Podrán tomar parte en esta Convocatoria todas aquellas personas con titulación mínima de Bachiller, Formación Profesional de 2º Grado o equivalente, para las plazas de los apartados a) y b) de la base anterior, Graduado Escolar, Formación Profesional de 1er. Grado o equivalente, para las del apartado c), y Certificado de Escolaridad para las del apartado

d): debiendo cumplirse, además los requisitos que, para ser admitido a pruebas selectivas de ingreso a la condición de funcionario del Parlamento de Andalucía, se establecen en el artículo 40 de su Estatuto de Gobierno y Régimen Interior (BOPA 179, de 20 de diciembre de 1984), y acrediten una experiencia en funciones administrativas de análoga naturaleza a las de las plazas que se convocan.

Tercera. Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, se dirigirán al Excmo. Sr. Defensor del Pueblo Andaluz y se presentarán dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA.

Las solicitudes, acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos que luego se dirán, serán presentadas en el Registro de esta Institución sito en Patio de Banderas, nº 2-1º -41004- de Sevilla, o bien por alguno de los medios establecidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Cuarta. Méritos.

Los méritos serán acreditados por los participantes y, con carácter general, serán tenidos en cuenta los siguientes: 1º Carrera Administrativa: Trabajos desarrollados con anterioridad en la Administración Pública y nivel de los puestos desempeñados, así como la permanencia en cada uno de dichos puestos. 2º Titulaciones Académicas.

3º Actividad Profesional.

4º Cursos de Formación y Perfeccionamiento. Y en especial para las plazas de Asesores Técnicos se valorarán, en una los conocimientos y experiencia en la gestión del Presupuesto Público, y para la otra, la experiencia en oficinas de información administrativa a los ciudadanos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.3 del Reglamento de esta Institución (BOJA nº 34, de 14 de abril de 1988), en los nombramientos se procurará dar prioridad a los funcionarios públicos.

Quinta. Proceso de selección.

La selección será realizada por la Junta de Coordinación y Régimen Interior de esta Institución que tendrá en cuenta los méritos y preferencias citados en la base anterior y alegados por los concursantes. Dicha Junta podrá convocar al cualesquiera de los participantes que estime oportuno, al objeto de formular al interesado preguntas o aclaraciones sobre los méritos presentados por el mismo. Si no existieren candidatos que réunan los requisitos que se consideren idóneos, a juicio de la Junta de Coordinación y Régimen Interior, para todas o algunas de las plazas convocadas, estas se declararán desiertas. La selección se llevará a cabo con anterioridad al 30 de agosto de 1988.

Sexta. Nombramientos y Toma de Posesión.

Los nombramientos de los que resulten seleccionados serán realizados por el Defensor del Pueblo Andaluz a propuesta de la Junta de Coordinación y Régimen Interior.

La toma de posesión de quienes resulten designados, habrá de efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación en el BOJA de la Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz por la que se resuelva esta convocatoria. Dentro de dicho plazo los designados resolverán su situación funcionarial o laboral, para incorporarse en esta institución del Defensor del Pueblo Andaluz en la situación regulada por la legislación vigente, artículo 34.2 de la Ley 9/1983 de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, y artículos 27-30 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo Andaluz.

Sevilla, 28 de julio de 1988.- El Defensor del Pueblo Andaluz, Manuel Conde-Pumpido Ferrerio

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