Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 5/8/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 27 de julio de 1988, por la que se amplía la relación de especies forestales a la que se refiere el artículo 228 de vigente Reglamento de Montes.

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El Estatuto de Autonomía de Andalucía en su artículo 18 establece que "corresponde a la Comunidad Autónoma Andaluza de acuerdo con las bases y ordenación económica general, las competencias relativas a la reforma y desarrollo del sector agrario y las mejoras y ordenación de las explotaciones agrícolas ganaderas y forestales". Considerando que en el territorio andaluz existen una serie de especies forestales que, espontáneas o asilvestradas, contribuyen a la riqueza y diversidad biológica de los distintos ecosistemas, representando por tanto un gran interés ecológico y social, y no encontrándose suficientemente protegidas para evitar que sobre ellas se produzcan aprovechamientos abusivos o la destrucción de los matorrales de los que forman parte, se hace preciso que en la Comunidad Autónoma Andaluza se regulen las actuaciones sobre las mismas.

Para ello y en uso de las facultades conferidas he tenido a bien disponer:

Artículo 1º. La relación de especies que se señala en el artículo 228 del vigente Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y que figuran en el anexo 1, queda ampliada en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza con las que figuran en el anexo 2. A los dueños de fincas pobladas total o parcialmente con estas especies será de aplicación lo prevenido en la legislación forestal vigente.

Artículo 2º. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de julio de 1988

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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