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Dentro de la política general de consecución del pleno empleo, ha de atenderse a la conveniencia de actuar sobre el mercado de trabajo para elevar el nivel de cualificación y capacitación de la población andaluza. En esta línea, se puede situar la incorporación de un mayor número de personas a actividades que como la producción o la realización de radio y T.V., están adquiriendo un auge progresivo y demandan la suficiente capacitación.
Habida cuenta de que el Programa Andalucía Joven regulado por Decreto
31/1988, de 17 de febrero, y en la Orden de la Consejería de Fomento y Trabajo de 9 de marzo del mismo año se diseñan una serie de acciones entre las que se incluyen las de Formación Profesional Ocupacional, tendentes a facilitar el acceso de los jóvenes al mundo laboral y que, por otro lado, el Ente Público Radio Televisión Española dispone de los medios técnicos adecuados para impartir los cursos que se mencionan en el Convenio, resulta claro el interés de la Junta de Andalucía, representada por el Consejero de Fomento y Trabajo, en suscribir dicho Convenio, al objeto de hacer posible la organización y realización de los mencionados cursos. En su virtud, el Consejo de Gobierno en la reunión del día 2 de agosto ha adoptado el siguiente
A C U E R D O :
Autorizar al Consejero de Fomento y Trabajo para firmar con el Ente Público Radio Televisión Española el Convenio de Colaboración, en materia de Formación Profesional Ocupacional, conforme el texto que figura como Anexo del presente Acuerdo.
Sevilla, 2 de agosto de 1988.
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE MARIA ROMERO CALERO
Consejero de Fomento y Trabajo
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