Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 17/9/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 26 de julio de 1988, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa por la Diputación Provincial de Córdoba, de los terrenos necesarios para llevar a cabo las obras de la variante en el Km. 5 de la C.P. núm. 21 de Santa María de Tran ierra.

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El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba acordó aprobar en sesión celebrada el día 11 de abril de 1988 el proyecto de ejecución de las obras de "variante en el Km. 5 de la C.P1 número 21 de Santa María de Trassierrra" incluido en un Plan Extraordinario de Inversiones, y ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo con los propietarios de los bienes afectados, resolvió iniciar el expediente de expropiación con relación a los mismos, habida cuenta de que la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación se entiende implícita con la aprobación del citado Plan, solicitando de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía la declaración de urgente ocupación de los terrenos expropiables. Se fundamenta la declaración que se solicita, en la urgente necesidad de comenzar las obras, al ser el tramo de CP-21, comprendido entre el p.k.

0,000 y el cruce con la CP-79 (de las ermitas) y la CP-248 (de San Jerónimo) el de mayor siniestrabilidad de la red provincial de carreteras, que persiguen eliminar el riesgo que suponen la existencia de siete curvas en un corto espacio de 500 m. y con radios comprendidos enter 15 y 30 m., máxime en una carretera de intenso tráfico en los días festivos. Considerando que las circunstancias descritas motivan suficientemente la urgente ocupación de los bienes, y, que por otra parte, se han identificado plenamente los mismos, así como practicada la información pública mediante inserción del correspondiente edicto aprobatorio del proyecto, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 82, de fecha

11 de abril de 1988, dejándose constancia mediante certificación expedida por el Secretario de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, que durante el plazo de exposición al público no se ha presentado escrito alguno de parte interesada, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de julio de

1988.

A C U E R D O:

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de las fincas afectadas por las obras de "variante en el Km. 5 de la C.P. número 21 de Santa María de Trassierra" y que a continuación se describen: Parcela de terreno de un superficie de 10.626,30 m2, situados en la finca denominada Casilla del Aire, de monte bajo, con referencia catastral Polígono 103, Parcela 72, del término municipal de Córdoba, propiedad de D. José Jordano Barea.

Parcela de terreno de una superficie de 2.914,40 m2, situados en la finca denominada El Picadero, de monte bajo, de referencia catastral Polígono 103, parte de la Parcela 73 a) del término municipal de Córdoba, propiedad de D. José Jiménez Espejo.

Sevilla, 26 de julio de 1988

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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