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Este Centro Directivo en uso de las facultades que le otorga el Decreto
30/1982 de 22 de abril (BOJA de 15 de junio) por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía con fecha 1 de septiembre de 1988 ha resuelto otorgar definitivamente a Transportes Generales Comes, S.A. la concesión del citado servicio público regular de transporte de viajeros por carretera entre Rota-Chipiona por la Ballena como prolongación de la concesión V-3342:JA-349-CA, Sevilla-Algeciras-Ronda con hijuelas (E.-11.646), con arreglo a la Ley 16/87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Disposiciones reglamentarias vigentes, y entre otras a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario.
El itinerario entre Rota y Chipiona de 18,500 Kms. de longitud discurrirá por la carretera CA-6040.
Prohibiciones de tráfico
Prohibición de establecer expediciones directas entre Chipiona y Sevilla y entre Chipiona y Cádiz en respeto de la concesión V-2705:JA-260. Prohibición de tráfico entre Rota y La Ballena, puntos intermedios y viceversa, en respeto de la V-3171:JA-331-CA. Expediciones, calendario y horario Chipiona-Rota: 2 expediciones completas de lunes a viernes laborables, que se realizarán de forma alterna con la Empresa Los Amarillos, S.L. titular del servicio prolongado Chipiona-Rota.
Tarifas
Base por viajero-kilometro.
Partícipe Empresa: Las mismas del servicio base.
Sevilla, 1 de septiembre de 1988.- El Director General, Manuel Ollero Marín.
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