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Ilmos. Sres.:
Siendo uno de los objetivos de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la concesión de subvenciones a las Corporaciones Locales para financiar obras de reparaciones y conservación de viviendas calificadas de protección oficial, propiedad del Ente Municipal con más de diez años de antigüedad y cedidas en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad.
A la vista de la solicitud por el Excmo. Ayuntamiento de Moguer (Huelva), para las reparaciones de fachadas y cubiertas en la Bda. El Castillo, y a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en virtud del Decreto 39-1984, que adscribe a esa Consejería competencias en materia de Patrimonio Arquitectónico, control de calidad de la edificación y vivienda, y en ejercicio de las facultades que confiere el artículo 10 de la Ley 5-1983, de 19 de julio de la Hacienda Pública, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 15 de la Ley
9-1985, de 28 de diciembre, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:
Primero. Autorizar la concesión de una subvención al Excmo. Ayuntamiento de Moguer (Huelva), de tres millones quinientas noventa y seis mil cuatrocientas pesetas (3.596.400), para las reparaciones de cubiertas y fachadas en la Bda. El Castillo.
Segundo. El abono de la subvención se hará efectivo previa publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y mediante representación de las oportunas certificaciones mensuales de obra ejecutada, visadas por los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Moguer (Huelva).
Tercero. La subvención se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 7.15.88.761.00.000.8.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 30 de noviembre de 1987
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Arquitectura y Vivienda.
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