Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 15/10/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 10 de octubre de 1988, del Instituto Andaluz de la Administración Pública, por la que se convoca el II curso de Documentalistas.

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Entre los objetivos de la política cultural y científica de la Junta de Andalucía, están los de promover la utilización e intercambio de información, la organización y difusión de los conocimientos y documentos acumulados y la puesta en funcionamiento de servicios u organismos de Documentación e Información cuya necesidad y condiciones han evolucionado considerablemente.

El Instituto Andaluz de Administración Pública que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 50/1987, de 25 de febrero, cuenta entre sus competencias la de "el estudio, investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a las Administraciones Públicas", partiendo de la importancia de los citados objetivos, promueve, en colaboración con la Consejería de Cultura, la organización de este II Curso de Documentalistas, que continúa la labor iniciada por dichos organismos el curso anterior.

Se pretende que este Curso, contrastado por las experiencias obtenidas el año anterior, alcance un alto nivel formativo. Este II Curso se dirige a cuantas personas que, con titulación superior, estén interesadas en especializarse en el ámbito de la Documentación, así como a todas aquéllas que presten sus servicios en la Administración Autónoma y tengan una titulación o puesto de trabajo relacionado con esta temática.

En este sentido se prevé la reserva del 50%, de las plazas convocadas, para el personal que trabaja en la Junta de Andalucía, atendiéndose así a otras de las finalidades de este Instituto cual es la "formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Junta de Andalucía". El II Curso de Documentalistas, convocado por la presente Resolución, se ajustará a las siguientes características: I. Denominación: II Curso de Documentalistas. II. Objetivo: Estudio de las perspectivas y posibilidades de las actividades de información y documentación, así como la aplicación de las nuevas tecnologías en este sector.

III. Programa: Figura en el anexo I.

IV. Lugar de realización: Sevilla capital. V. Fecha de realización: El Curso comenzará a partir del 21 de noviembre de 1988 en el día que se notifique a los alumnos seleccionados. El Curso finalizará antes del mes de junio de 1989, pudiéndose celebrar, no obstante, las últimas clases o prácticas en la primera quincena de junio, durante la cual, asimismo, se realizarán los pertinentes exámenes finales.

VI. Duración y horario: El Curso tendrá una duración de 270 horas lectivas distribuidas de acuerdo con el siguiente horario: De lunes a jueves: 17 a 20,15 horas.

Viernes: clases prácticas.

VII. Participantes: El número de participantes no podrá exceder de 35, de los cuales 17 plazas se reservan para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, que en caso de no ser adjudicadas acrecerán el turno general. VIII. Requisitos de titulación: Ser licenciado o doctor Universitario.

IX. Solicitudes: 1. Las solicitudes para ser admitidos a participar en el Curso serán dirigidas a la Ilma. Sra. Directora del Instituto Andaluz de Administración Pública, Pl. Cristo de Burgos, 31. 41003 Sevilla. 2. El modelo de solicitud se atenderá a lo indicado en el anexo II. 3. Los datos o méritos alegados en la solicitud deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias compulsadas. 4. Plazo de presentación de instancias: Quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOJA de esta convocatoria.

X. Selección de participantes en el Curso: Para la selección se tendrá en cuenta:

El expediente académico y especialmente las asignaturas, disciplinas o cursos seguidos en Biblioteconomía y Documentación. Los trabajos o experiencias en Centros de Documentación y Bibliotecas. Los Cursos, Seminarios, etc., relacionados con la materia del Curso. El conocimiento de idiomas.

El haber solicitado el anterior Curso de Documentalistas. El desempeño de un puesto de trabajo relacionado con la Documentación dentro de la Junta de Andalucía u otras Administraciones Públicas. Otras circunstancias del currículum que sean relevantes dentro de los objetivos y finalidades del Curso.

XI. Becas de estancia: Se dotan de 10 becas de estancia para permanencia, durante el Curso, en la residencia que designe la Junta de Andalucía.

Los que soliciten la beca de estancia lo harán constar en la misma solicitud, acompañando además documentación acreditativa de la situación económica y profesional que justifique la petición.

La renuncia a la Beca obtenida implica la renuncia al Curso. XII. Financiación y derechos de matrícula: 1. El importe total del Curso será de 165.000 pts. por alumno, de las cuales todos los interesados admitidos al curso abonarán a sus expensas 20.000 pts., en concepto de derecho de matrícula, dentro del plazo de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de ser admitidos a participar en el mismo y serán ingresadas en la Cuenta de Tesorería del Instituto Andaluz de Administración Pública, nº 01-337100-3 situada en el Banco Meridional, Agencia Urbana, nº 2, calle Méndez Núñez, nº 1, Sevilla. Una vez hecho efectivo el pago de los derechos de matrícula, y con aportación documental de haberlo realizado, los interesados solicitarán del Instituto Andaluz de Administración Pública, la correspondiente carta de pago y acreditación para asistir al Curso.

2. Las 145.000 pts. restantes por alumno serán hechas efectivas por la Consejería de Cultura, una vez finalizado el Curso, mediante transferencia al Instituto Andaluz de Administración Pública, que al efecto practicará la correspondiente liquidación, salvo en el caso de alumnos admitidos en los que concurran la condición de ser de otras entidades públicas o privadas que serán abonadas por la Consejería o entidad en la que se presten dichos servicios.

Los solicitantes adscritos a las Consejerías u organismos públicos o privados, añadirán a la instancia un documento de aceptación del pago de la cantidad citada, expedido por la entidad en la que trabaja el peticionario.

XIII. Diploma y evaluación del Curso: a los alumnos del Curso que superen las pruebas evaluatorias, entre las cuales se incluirá, necesariamente, un examen o evaluación final demostrativo del nivel general de aprovechamiento alcanzado por cada participante, se le extenderá un diploma o certificado de aptitud o capacidad sobre la materia y Curso impartido.

A las pruebas y examen final sólo podrán presentarse aquellos alumnos que hubieran asistido a las clases impartidas, sometiéndose al control de asistencia previsto por los responsables de la Organización del Curso, pudiendo quedar eliminados quienes hayan dejado de asistir a más del 10% de horas lectivas.

Sevilla, 10 de octubre de 1988.- La Directora, Carmen Calleja de Pablo.

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