Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 15/10/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 3 de octubre de 1988, de la Delegación Provincial de Jaén, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica y la autorización en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y Capítulo III del Decreto

2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24.11.39.

Esta Delegación Provincial, ha resuelto:

Autorizar a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características técnicas con las siguientes: Finalidad de la instalación: Construir y reformar la línea aérea a 25 Kv. de alimentación a la Caseta "Cortijo La Teja", en sustitución de la existente, y derivación a las Casetas "Cortijo Veguillas Altas" y "Cortijo Veguillas Bajas", conforme a las previsiones del Planer,

LINEA ELECTRICA

Origen: En Línea de Arroyo del Ojanco-Beas de Segura. Final: En Centro de transformación en el Cortijo La Teja. Términos municipales afectados: Beas de Segura. Tipo: Aérea trifásica en un solo circuito. Longitud en Kms.: 2,040.

Tensión de servicio: 25 Kv.

Conductores: Al-ac. de 31,1 mm2.

Apoyos: Metálicos.

Aisladores: De tipo suspendido en cadenas de 3 elementos. Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto en pesetas: 4.403.906.

Referencia: 012-069.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 del 20 de octubre. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto en ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966 del 20 de octubre.

Jaén, 3 de octubre de 1988.- El Delegado, Manuel Rodríguez Méndez.

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