Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 15/10/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 29 de septiembre de 1988, por la que se autoriza la ampliación de un círculo de Educación Permanente de Adultos al centro Docente Privado de Preescolar y Educación General Básica Antonio Gala, de Dos Hermanas (Sevilla).

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Examinado el expediente incoado a instancia de D. Miguel Vega Sánchez, en su calidad de presidente de CEPA Sociedad Cooperativa Limitada, entidad titular del Centro docente Privado de Preescolar y Educación General Básica "Antonio Gala", con domicilio en Urbanización Vistazul - 2a etapa de Dos Hermanas (Sevilla) en solicitud de ampliación de un Círculo de Educación Permanente de Adultos (3 unidades). Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla; Resultando que dicha Delegacio'n ha elevado propuesta favorable sobre la referida petición, acompañando los preceptivos informes del correspondiente Servicio de Inspección y Unidad Técnica de Construcciones en sentido favorable;

Resultando que el Centro con código 41010514, tiene autorización definitiva para 2 unidades de Preescolar (Párvulos) para 70 puestos escolares y 16 unidades de Educación General Básica para 640 puestos escolares por Orden de 2 de enero de 1986; Resultando que consultados los antecedentes obrantes en el Servicio de Preescolar y Educación General Básica de la Dirección General de Planificación y Centros aparece, que la titularidad del Centro la ostenta "CEPA Sociedad Cooperativa Limitada";

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE de 6 de agosto); la Orden Ministerial de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden Ministerial de 14 de agosto de 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden Ministerial de 22 de mayo de 1978 (BOE del 2 de junio); la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio) y demás disposiciones complementarias; Considerando que el Centro reúne los requisitos de capacidad e instalaciones exigidas por las disposiciones vigentes;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la ampliación de un Círculo de Educación Permanente de Adultos con 3 unidades para 105 puestos escolares al Centro docente Privado "Antonio Gala", con domicilio en Urbanización Vistazul - 2a Etapa de Dos Hermanas (Sevilla), quedando con una composición resultante de 2 unidades de Preescolar (Párvulos) para 70 puestos escolares, 16 unidades de Educación General Básica para 640 puestos escolares y 3 unidades de Educación Permanente de Adultos para 105 puestos escolares. Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Sevilla, 29 de septiembre de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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