Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 25/10/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 11 de octubre de 1988, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autorizan las instalaciones electro-mecánicas de una central hidráulica denominada Canales, en el río Genil.

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Visto el expediente incoado por la Delegación de Fomento y Trabajo de Granada, a instancias de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., con domicilio en Sevilla, Avda. de la Borbolla, nº 5, solicitando autorización para instalar una Central Hidráulica denominada "Canales", en el río Genil, t.t.m.m. de Pinos Genil y Gjar Sierra (Granada), y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto

2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, Ley de

24.11.39, Decreto 1091/1981 y Decreto 4164/1982.

Esta Dirección General a propuesta del Servicio de Energía ha resuelto:

Autorizar a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. el establecimiento de la citada Central, cuyas características principales serán: Del Salto:

Caudal: 8,68.

Altura: 114 m.

De la Central:

1. Turbina Francis de eje vertical de 9.032 Kw de potencia nominal a 750 r.p.m.

1. Alternador sincrono trifásico de 11.000 Kva. de potencia nominal,

6.000+7,5% de tensión de generación y 50 Hz de frecuencia.

Subestación de transformación:

1. Transformador trifásico de 20.000 Kva. de potencia nominal,

66+11122+3,5+7% Kv.

1. Trifásico de 12.000 Kva. de potencia nominal, 22+3,5+7%/6 Kv. Protecciones, cuadro, equipo e instalaciones auxiliares. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966 de 20 de octubre, debiendo solicitarse, la indicada aprobación, en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967 de 22 de julio.

Sevilla, 11 de octubre de 1988.- El Director General, Salvador Durbán Oliva.

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