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Este Centro Directivo en uso de las facultades que le otorga el Decreto
30/1982 de 22 de abril (BOJA de 15 de junio) por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía con fecha 1 de septiembre de 1988, ha resuelto otorgar definitivamente a Los Amarillos, S.L. la concesión del citado servicio público regular de transporte de viajeros por carretera entre Chipiona-Rota por la Ballena con hijuela de La Ballena a Sanlúcar de Barrameda como prolongación de la concesión V-2705: JA-260, MA-CA-SE, (E.
11.646), con arreglo a la Ley 16/87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Disposiciones reglamentarias vigentes, y entre otras a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario
El itinerario entre Chipiona y Rota por la Ballena de 18,500 Kms. de longitud discurrirá por la carretera CA-6040. El itinerario de la hijuela Sanlúcar de Barrameda-La Ballena de 11,5 Kms. discurrirá por la CA-6041 y CA-441.
Prohibiciones de tráfico
Prohibición de establecer expediciones directas entre Rota y Sevilla y entre Rota y Cádiz, en respeto de la concesión V-3342:JA-349. Prohibición de tráfico entre Rota y La Ballena, puntos intermedios y viceversa en respeto de la concesión V-3171: JA-331-CA.
Expediciones calendario y horario Chipiona-Rota 2 expediciones completas de lunes a viernes laborables, que se realizarán de forma alterna con la Empresa Transportes Generales Comes, titular del servicio prolongado Rota-Chipiona.
Sanlúcar de Barrameda-La Ballena
Del 1 de julio al 15 de septiembre: 3 expediciones completas con calendario diario.
Del 16 de septiembre al 30 de junio: 1 expedición completa de lunes a viernes laborables.
Tarifas
Las mismas del servicio base.
Sevilla 1 de septiembre de 1988.- El Director General, Manuel Ollero Marín.
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