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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66 Reglamento de 23.02.49 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según, el apartado 9 del artículo 2o del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de
11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de
2.12.81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Escudo del Carmen, 31. Granada.
LINEA ELECTRICA
Origen: Centro de transformación.
Final: Red de Baja Tensión.
Términos municipales afectados: Orgiva.
Tipo: Aéreas.
Longitud en km.: 0,308; 0,950 y 1,240.
Tensión de servicio: 220/380 Voltios.
Conductores: Al. 3 x 95; 3 x 50 y 3 x 25 mm2 de 1 KV. Apoyos: Madera.
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Los Carrascos.
Tipo: Intemperie.
Potencia: 50 KVA.
Relación de transformación: 15-20 KV +5% /380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 6.765.673 ptas.
Finalidad: Dotar de energía eléctrica a la zona denominada "Los Carrascos".
Referencia: 3926/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las Instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de dos meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 14 de octubre de 1988.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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