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Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de esta Consejería, en relación a las solicitudes de subvención de tipo de interés a préstamos concertados por las Entidades Locales Andaluzas en 1987, promovidas al amparo de la Orden de 25 de junio de 1987 (BOJA núm. 59 de 6.7.87).
CONSIDERANDO:
1º. Que el Presupuesto de esta Consejería para 1987, aprobado por Ley
1/87, de 30 de enero, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1987, en la aplicación presupuestaria 7.13.01.761.00.000.1, prevé crédito suficiente para atender las obligaciones que se derivan del presente documento.
2º. Que las solicitudes seleccionadas y las subvenciones concedidas lo son de acuedo con lo dispuesto en la Orden de 25 de junio de 1987, por la que se regulan las subvenciones de tipo de interés a préstamos concertados con las Entidades Locales Andaluzas en 1987.
3º. Que se han cumplido los requisitos exigidos en el artº. 17 de la Ley
1/87, ya citada.
Vistas, además de las disposiciones citadas, la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el artº 87 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza; el Decreto 2784/64, de 27 de julio, sobre justificación de subvenciones, y las disposiciones complementarias.
En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas:
RESUELVO
Conceder subvención a las Entidades Locales que a continuación se detallan y en la cuantía que igualmente se especifica para cada una de ellas.
Importe Total de Subvenciones concedidas 189.974.134 ptas. El pago de las citadas subvenciones se hará efectivo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo Séptimo de la Orden de 25 de junio de 1987.
Sevilla, 22 de enero de 1988
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda
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