Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 8/11/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 16 de septiembre de 1988, por la que se concede una subvención a la Fundación Codificación y Banco de Precios de la Construcción.

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Ilmos. Sres.:

La Fundación Codificación y Banco de Precios de la Construcción viene desarrollando trabajos de indudable interés para las actividades de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en materia de unificación de criterios sobre redacción de proyectos.

Una de estas realizaciones ha sido la edición de los libros relacionados con los temas del "Banco de Precios de la Construcción". Asimismo está en ejecución la publicación: "Recomendaciones para la elaboración de los Estudios de Seguridad e Higiene durante la Ejecución de las Obras" que desarrolla lo establecido en el Decreto 555/86 y que tendrá, sin duda, un gran valor para los profesionales de la arquitectura. En su virtud, visto el expediente instruido por la Secretaría General Técnica a instancias de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda y conforme a las facultades que me vienen atribuidas por el Artículo 39 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por el Artículo 18 de la Ley 10/1987 de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1988, en razón al objeto de estas actividades, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero: Se concede una subvención por importe de un millón cincuenta mil pesetas (1.050.000 Pts.) pesetas a la Fundación Codificación y Banco de Precios de la Construcción. De esta cantidad, cuatrocientas cincuenta mil (450.000 Pts.) pesetas se destinan como dotación económica para la continuación de los trabajos que vienen desarrollando en relación a los temas del "Banco de Precios de la Construcción" y el resto, seiscientas mil (600.000 Pts.) pesetas es para financiar la publicación sobre "Recomendaciones para la elaboración de los Estudios de Seguridad e Higiene durante la Ejecución de las Obras.

Segundo: La entidad beneficiada deberá presentar ante esta Consejería, informes y documentos justificativos de los pagos en relación a la subvención concedida.

Tercero: La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento, notificación a los interesados y demás efectos.

Sevilla, 16 de septiembre de 1988

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Arquitectura y Vivienda.

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