Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 15/11/1988

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO (PP. 1233/88).

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Don Pedro Núñez Ispa; Magistrado Juez de Primera Instancia número dos de los de Jerez de la Frontera.

Hago saber: Que en este Juzgado y con el nº 458/84, se tramita juicio ejecutivo a instancia de Unión Técnicas de Soldaduras, S.A., representado por el Procurador Sr. Marín Benítez, contra Caldería Pesada del Sur, S.A., cuyo último domicilio lo tuvo en Polg. Industrial El Pino, s/n. de Sevilla, y actualmente en ignorado paradero, sobre reclamación de 504.502 ptas., de principal, más 150.000 ptas., calculadas para intereses y costas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente:

Providencia Juez Sr. Núñez Ispa. Jerez de la Frontera a cinco de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.

Dada cuenta; el anterior escrito presentado por el Procurador Don Rafael Marín Benítez con el exhorto sin cumplimentar librado a Sevilla, únase a los autos de su razón, Ejecutivo nº 458/84. Ha lugar a lo interesado, acordándose, en consecuencia la mejora de embargo de bienes de la Entidad demandada, en paradero desconocido, para responder de las cantidades reclamadas a que se refiere la providencia de veintiocho de septiembre del pasado año. Se decreta el embargo sobre la obra nueva efectuada sobre la parcela reseñada en el escrito, "obra de nueva planta consistente en una nave entrando a la izquierda, por calle principal, de 180 metros de larga por 54 de ancho y 15 metros de altura, toda ella de armazón de hierro y forrada de uralita, tanto los laterales como la techumbre, teniendo dicha nave dos puertas al patio interior y otra a la calle principal, y, asimismo, la oficina existente en dicha nave de 35 metros de largo por 8 metros de ancho, de mampostería y además dos carros para transportar material mediante carriles que están situados en la parte superior del techo de la anterior nave descrita, y, además, la oficina construida de mampostería en el frente al fondo de la parcela, con una extensión de 25 metros de largo por 8 metros de ancho". La presente mejora de embargo se anunciará, a todos los efectos legales procedentes, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, librando los despachos oportunos, junto con atento oficio al Sr. Registrador del Distrito a que corresponde el inmueble para que informe si el mismo consta inscrito y en su caso nombre del titular; despachos que se entregarán al Procurador actor para su deligenciamiento y reportación, junto con exhorto al Juzgado Decano de los de Sevilla para que se haga saber al legal representante de la Empresa actual poseedor del inmueble embargado, la mejora de embargo acordada, con apercibimiento de abstenerse de efectuar acto o negocio alguno de disposición o gravamen sobre dicho inmueble, mientras no se satisfaga el crédito reclamado o se justifique otro derecho preferente. Lo manda y firma S. Sa. Doy fe. Rubricados.

Y para que sirva de notificación en forma a la entidad demandada Caldería Pesada del Sur, S.A., de domicilio desconocido e ignorado paradero, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, expido el presente en Jerez de la Frontera a cinco de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.- El Secretario.El Magistrado Juez.

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