Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 22/11/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 309/1988, de 2 de noviembre, por el que se autoriza a la entidad local menor de Guadalcacín del Caudillo, dependiente del municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), a su cambio de denominación por la de Guadalcacín.

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La Junta Vecinal de la Entidad Local Menor de Guadalcacín del Caudillo, perteneciente al Municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), ha sometido a la Consejería de Gobernación de esta Junta de Andalucía, expediente a los efectos de que de su actual denominación se supriman los vocablos "del Caudillo", para en lo sucesivo denominarse Guadalcacín. El citado expediente se ha tramitado de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto 781/86, de 18 de abril, y en los artículos 26 y siguientes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, de 11 de julio de 1986, si bien la expresada normativa se refiere tan sólo a los municipios, por analogía ha de entenderse de aplicación a las Entidades Locales Menores.

Por otra parte, obran en las actuaciones, acuerdo del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, ratificando, con mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación -como exige el artículo

47.2.d) de la citada Ley 7/85, de 2 de abril-, el acuerdo adoptado por la Junta Vecinal de la Entidad Local Menor, así como informe favorable del Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, y resultado de la información pública practicada.

Por la Dirección General de Administración Local y Justicia se recabó la oportuna comprobación del Registro de Entidades Locales, a fin de conocer si la denominación propuesta por la referida Entidad era coincidente o producía confusión con una ya existente.

Los Decretos 2/79, de 30 de julio, y 14/84, de 18 de enero, asignan a la Consejería de Gobernación las competencias, funciones y servicios en materia de Administración Local asumidas por la Junta de Andalucía a tenor de lo establecido en el artículo 13.3 de su Estatuto de Autonomía. En su virtud, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de noviembre de 1988.

D I S P O N G O:

Artículo Unico. Se autoriza a la Entidad Local Menor de Guadalcacín del Caudillo, perteneciente al Municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), a alterar su denominación por la de "Guadalcacín".

Sevilla, 2 de noviembre de 1988

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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