Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 2/12/1988

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Otros. CAJA GRAL.DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE GRANADA

SEXTA emisión de cédulas hipotecarios La General, Noviembre 88 (PP.1. 447/88).

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La Caja General de Ahorros y Monte de Piedad de Granada, con domicilio en Granada, plaza de Villamena, número 1, fundada en 1891, regida por sus Estatutos Sociales, aprobados el 21 de noviembre de 1986 por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, emite Cédulas Hipotecarias por importe de cinco mil millones de pesetas en títulos al portador por importe de cien mil pesetas cada uno.

Tipo de emisión: A la par, libre de gastos para el suscriptor. Suscripción: La Dirección General del Tesoro y Política Financiera ha reseñado como plazo de suscripción, desde el 30 de noviembre de 1988, hasta su total venta. No obstante, la emisión se cerrará definitivamente el 30 de mayo de 1989.

Interés: 9,75 por 100 pagadero por semestres vencidos, siendo el primero a pagar el 30 de noviembre de 1989.

Precio de emisión: A la par, esto es, 100.000 pesetas por título, libre de gastos e impuestos para el suscriptor. No obstante, los suscriptores que se efectúen antes del 30 de mayo de

1989, gozarán de un cupón prepagable conforme a la siguiente tabla, en función de los períodos en que se materialice la suscripción y desembolso. El pago de este cupón se efectuará por compensación, debiendo los suscriptores desembolsar los siguientes importes: [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Amortización: La amortización de los títulos se efectuará el 30 de mayo de 1992, con un precio de rembolso de 100 por 100 sobre el nominal emitido libre de gastos para el tenedor, lo que supone devolver 100.000 pesetas por cada título.

Garantías: La Caja General de Ahorros y Monte de Piedad de Granada responderá de los intereses y principal con carácter universal y afecta expresamente, de conformidad con la Ley y Reglamento, las hipotecas que en cualquier tiempo consten inscritas a favor de la Entidad emisora sin necesidad de inscripción registral.

Régimen fiscal: Los rendimientos estarán sujetos a la retención a cuenta por rendimientos del capital mobiliario, al tipo legal vigente y que, en la actualidad es de 20 por 100.

La emisión, transmisión, cancelación y reembolso de las cédulas hipotecarias, gozan de la exención establecida en la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (artículo

19, Ley 2/1981).

Folleto de emisión: Existe un folleto informativo a disposición del público en todas las oficinas de la Caja General de Ahorros y Monte de Piedad de Granada, de cuyos datos se responsabiliza don Miguel Angel Cabello Jurado, Director General de la misma.

Granada, 17 de noviembre de 1988.- El Director General, Miguel Angel Cabello Jurado.

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