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Ilmos. Sres.:
Habiéndose dictado por la Magistratura de Trabajo nº 9 de las de Sevilla Sentencia nº 511/88, en los autos 918/88 seguidos a instancia de Dña. María Inmaculada Trigo Sánchez, sobre diferencia de salarios; cuya parte dispositiva dice así:
Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por María Inmaculada Trigo Sánchez contra la Junta de Andalucía (Consejería de Agricultura y Pesca), debo condenar y condeno a la autoridad demandada a que abone a la actora la cantidad de 182.292 ptas.
Esta Consejería ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la precipitada sentencia.
Lo que comunico a VV.II.
Sevilla, 25 de noviembre de 1988
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
Ilmos. Sres. Viceconsejero y Director General de Agricultura, Ganadería y Montes.
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