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De acuerdo con el contenido de la disposición novena de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 20 de abril de 1989, que regula el procedimiento de selección de Proyectos de Innovación de Centros de Educación de Adultos, esta Dirección General ha resuelto:
1º. Aprobar los proyectos que aparecen en el anexo I de la presente Resolución, con la dotación económica indicada.
2º. Conceder apoyo institucional, sin dotación económica, a los proyectos indicados en el anexo II.
3º. Los centros deberán comunicar por escrito a la Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa en el plazo de 10 días de la publicación en BOJA, la aceptación del apoyo concedido para la realización del proyecto de la presente Resolución.
4º. El procedimiento de justificación de las cantidades asignadas a los proyectos se ajustará a lo establecido en la normativa vigente según el tipo de crédito aplicado.
Sevilla, 30 de diciembre de 1989.- El Director General, Joaquín Risco Acedo.
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