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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo
2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (B.O.E. de 11-6-81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3-8-81 (BOE de 2-12-81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto Autorizar Administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada
- Escudo del Carmen 31.
LINEA ELECTRICA
Origen: Apoyo línea aérea. Final: Centro de transformación. Términos municipales afectados: Albolote. Tipo: subterránea. Longitud en Km.:
0,200. Tensión de servicio: 20 KV. Conductores: Al 1 150 mm2 aislamiento
12/20 KV. Potencia a transportar: 400 KVA. ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Campo de Fútbol. Tipo: Interior. Potencia: 400 KVA. Relación de transformación: 20 KV.+5%/3380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 3.245.056 ptas. Finalidad: Suministro de energía eléctrica a polideportivo y recinto ferial. Referencia:
4252/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las intrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la Utilidad Pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 4 de diciembre de 1989.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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