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Advertidas omisiones en el texto de la citada Orden, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 2, de 10 de enero de
1989, así como errores en la inserción del Anexo a la misma, se transcribe a continuación las oportunas rectificaciones:
En lo página 72, segunda columna, EFECTIVIDAD, cuarta línea, donde dice "... excepto en lo que se refiere a las delegaciones establecidas en el Dispositivo Primero, punto 1, apartado a) y en el Dispositivo Segundo...". Debe decir: "... excepto en lo que se refiere a las delegaciones establecidas en el Dispositivo Primero, punto 1, apartado a), salvo en lo que se refiere a las competencias delegadas en el Artículo Cuarto e) de la Orden conjunta de 10 de diciembre de 1987 (BOJA núm. 7, de 29.1.1988), y en el Dispositivo Segundo...".
(Vease ANEXO)
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