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lltmo. Sr.:
En el recurso contencioso-administrativo nº144/86 seguido ante la Audiencia Territorial de Granada, a instancia de Dña.Carmen Díaz Pacetti, contra resolución de 4.2.85 de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, que impone sanción al recurrente y contra la desestimación presunta de la reposición interpuesta contra la misma, se ha dictado Sentencia con fecha 22 de septiembre de 1988, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo:
1º. Se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dña. Laura Taboada Tejerizo, en nombre de Dña. Carmen Díaz Pacetti, contra la resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía en la que se le imponia la sanción de 6 meses de suspension de funciones, y en consecuencia se anula parcialmente dicha resolución por no ser en todo conforme a Derecho, debiendo considerar a la recurrente como autora de una sola falta grave de incumplimiento de sus obligaciones funcionariales, ya definida, e imponer a la misma la sanción de 4 meses de suspension de funciones.
2º. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas de este recurso".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 28 de diciembre de 1988.- El Consejero, P.D. El Vicenconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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