Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 10/1/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 25 de noviembre de 1988, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de zona arqueológica, como bien de interés cultural, a favor del yacimiento arqueologico de La Ladrillera, en Aroche (Huelva).

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Vista la propuesta formulada por el Servicio General del Patrimonio Historico,

Esta Dirección General, ha acordado:

1º. Tener por incoado expediente de declaración de Zona Arqueológica, como Bien de Interes Cultural, a favor del Yacimiento Arqueologico de La Ladrillera, en Aroche (Huelva), cuya descripción figura como anexo a la presente disposicion.

Con objeto de proteger este yacimiento, de gran interes arqueologico se ha delimitado por esta incoacion, cuyos limites figuran en el anexo a la presente disposicion.

2º. Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3º. Hacer saber en el Ayuntamiento de Aroche que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspension de las correspondientes licencias municipales de parcelacion, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las que por razon de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberan contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

4º. Que el presente acuerdo se publique en el BOJA y en BOE, abriendose, cuando este completo el expediente, un periodo de información pública. Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 25 de noviembre de 1988.- El Director General, José Guirao Cabrera.

ANEXO

DESCRIPCION DEL YACIMIENTO

Se localiza a 500 m. al Norte del nucleo urbano de Aroche, ocupando ambos lados de la carretera que une esta población con la carretera Naciona 433. Se trata de un importante despoblado hispano-musulman cuya vida puede fecharse en principio entre comienzos del s.IX d.C y primera mitad del s.XI.d.C.

DELIMITACION DE LA ZONA AFECTADA

La zona arqueológica se constituye en un trapecio irregular de 10 Has. que corresponden a la parcela nº24 del Poligono 2 de Aroche.

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