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De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de
5 de julio, y en el Acuerdo de 10 de enero de 1989 del Consejo de Gobierno , por el que se determinan bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidas mediante precios públicos, autorizando al Patronato de la Alhambra y Generalife a la percepción de precios públicos por los servicios y actividades que realice para facilitar visitas, rodajes de películas, obtención de fotografías y celebración de actos culturales, así como por la venta de publicaciones, relativo todo ello al recinto monumental encomendado a dicho Patronato, previo informe de la Consejería de Hacienda, en uso de las facultades que me han sido conferidas
DISPONGO:
Que los precios públicos que regirán en el Patronato de la Alhambra y Generalife serán los que se detallan en el Anexo I.
Sevilla, 7 de marzo de 1989
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
Vease ANEXO I.
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