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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión de 28.11.68 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de
3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Compañia Sevillana de Electricidad, S.A.
LINEA ELECTRICA
Origen: Línea Castell de Ferro-Mamola-Melicena Final: En la misma línea.
Términos municipales afectados: Gualchos, Lújar y Rubite. Tipo: Aérea.
Longitud de servicio: 5/20 Kv.
Conductores: Al. Ac. de 54,6 mm2.
Apoyos: Metálicos.
Aisladores: Cadena 3 elementos.
Potencia de transportar: 6.990 Kva.
Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 8.243.175 pesetas,
Finalidad: Consolidación línea Castell de Ferro-Mamola-Melicena, con una primera fase entre Castell de Ferro y Rambla del Agua y derivación a Cabriles (Planer 87).
Referencia: 4152/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modoficado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los condicionados emitidos por la Confederación Hidrográfica del Sur y Ayuntamiento de Lújar. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras , a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación qaue se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 7 de abril de 1989.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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