Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 2/5/1989

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Otros. AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE CAZALLA. (SEVILLA)

ANUNCIO, (PP/326/89).

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El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 17 de marzo de 1989, al resolver el recurso de reposición interpuesto por D. Enrique Corchero Rumbo, en su calidad de presidente de ANEA, contra el Pliego de Cláusulas Administrativas para la adjudicación mediante concurso de tres licencias de clase C), aprobado por el Pleno con fecha 21 de noviembre de 1988 y publicado en el BOP núm. 302, de 31 de diciembre de 1988, acordóa probar un nuevo Pliego de Condiciones administrativas para la adjudicación mediante concurso de tres licencias de clase C), vehículos-ambulancias, para el traslado de personas accidentadas o enfermas, exponiéndolo al público durante el plazo de ocho días contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que puedan presentarse reclamaciones. Simultáneamente, se anuncia concurso, si bien la licitación se aplazará cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el Pliego de Cláusulas, que se transcribe a continuación.

La Puebla de Cazalla, 21 de marzo de 1989,- El Alcalde.

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRTIVAS PARA LA ADJUDICACION MEDIANTE CONCURSO DE TRES LICENCIAS DE CLASE C) VEHICULO AMBULANCIA

pprimera. El objeto de la presente convocatoria es la de adjudicación, ppor el procedimiento de concurso, de tres licencias de clase C), Vehículo-Ambulancia, para la presentación del servicio interurbano de personas accidentadas o enfermas.

Segunda. Podrán ser solicitantes aquellas personas naturales o jurídicas que, teniendo plena capacidad de obrar, no sean deudoras a la Hacienda Municipal, ni se hallen comprendidas en ninguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 23 del Reglamento General de Contratación del Estado, lo que se acreditará mediante declaración expresa responsable.

Tercera. 1. La solicitud de las licencias se formulará por el interesado acreditando sus condiciones personales y profesionales, la marca y modelo de los vehículos que utilizaría y acompañando los justificantes que acrediten las circunstancias que en él concurran en relación al baremo que señala la cláusula cuarta.

2. Se presentarán, dirigidas al Sr. Alcalde, en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de 20 días hábiles siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las instancias podrán también presentarse en la forma que determina el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y se ajustarán al modelo fijado por el Ayuntamiento.

3. Terminado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública la relación de aspirantes a las licencias en el Tablón de Anuncios y Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen procedente en defensa de sus derechos en el plazo de quince días.

Cuarta. La adjudicación conjunta de las licencias se realizará con arreglo al siguiente baremo:

a) Conductor asalariado de los titulares de las licencias de clase C) que presten servicio con plena y exclusiva dedicación en la profesión, acreditada mediante la correspondiente inscripción y cotización por tal concepto a la Seguridad Social, 1 punto por año con un máximo de 2 años.

b) Por cada año de experiencia en el Servicio de Transportes de personas Accidentadas o enfermas en ambulancia, 1 punto por año con un máximo de cuatro años.

c) Estar en situación de paro, acreditado por la oficina de empleo, 1 punto.

d) Titulares de licencias de clase B), auto-turismo que presten servicio con plena y exclusiva dedicación en la profesión, acreditada mediante la certificación municipal correspondiente, 1 punto por año, con un máximo de cuatro años.

Las fracciones de tiempo que, sólo se computarán en meses completos, únivamente tendrán eficacia en caso de empate.

Quinta. una vez terminado el plazo de publicación del anuncio a que hace referencia el punto tercero de la cláusula tercera, las solicitudes presentadas pasarán a informe de la Comisión de Servicios Públicos para que previa valoración de las mismas, proponga al Pleno la adjudicación de las licencias.

Sexta. El adjudicatario de las licencias está obligado a prestar servicio con el vehículo correspondiente, en el plazo de sesenta días naturales, contados desde la fecha de la concesión de las licencias.

Séptima. Los vehículos que se adscriban a las licencias otorgadas no habrán de tener más de dos años.

Octava. El otorgamiento de las licencias quedará condicionado a la presentación ante el Ayuntamiento, en el plazo indicado en la cláusula sexta, de la siguiente documentación.

D.N.I.

Permiso de Circulación

Certificado de Sanidad.

Ficha de inspección técnica.

impreso mt-2, debidamente cumplimentado.

Novena. 1 El adjudicatario de las licencias deberá acreditar, dentro de los treinta días siguientes al de la concesión de las licencias, que figura dado de alta en la Licencia Fiscal de Actividades Comerciales e Industriales y que tiene abierta en La Puebla de Cazalla una oficina o establecimiento con título registrado, para la administración de los correspondientes servicios.

2. Igualmente, deberán presentar aquellos documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social que se le requieran.

Décima. Se procederá a la revocación y retirada de las licencias por dejar de prestar servicio al público en este término municipal durante treinta días consecutivos o sesenta alternos durante el período de un año, salvo que se acrediten razones justificadas y por escrito ante este Ayuntamiento.

(Véase MODELO DE PROPOSICION)

Diligencia. Para hacer constar que el Pliego que antecede, que consta de diez cláusulas y figura extendido en cuatro folios, fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, en su sesión extraordinaria celebrada el día 17 de marzo de 1988.

La Puebla de Cazalla, 28 de marzo de 1989.- El Secretario.

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