Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 9/5/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 18 de abril de 1989, por la que se concede autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro Docente Privado de Educación Permanente de Adultos Academia Pitágoras de Málaga.

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Examinado el expediente instruido por Dña. María Victoria Vázquez Salas, en su calidad de titular del Centro Privado de Educación Permanente en Adultos "Academia Pitágoras", con domicilio en c/ Miguel Moya n. 16 - 1. Barriada de El Palo - Málaga, en solicitud de autorización definitiva de un Centro de Educación Permanente de Adultos con 3 unidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6. y siguiente del Decreto 1855/74, de

7 de junio;

Resultando que el Centro Privado "Academia Pitágoras" ha obtenido la autorización previa, a la que alude el Artículo 5. del Decreto mencionado.

Resultando que en el expediente de autorización definitiva han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección y de la Unidad Técnica de Construcciones;

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio), sobre régimen jurídico de las autorizaciones de los Centros no estatales de enseñanza; la Orden de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden de 14 de agosto 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden de 13 de julio de

1978 (BOE del 26 de agosto), sobre autorización de Centros dedicados exclusivamente a Educación Permanente de Adultos; Resolución de 27 de julio de 1976 (BOE del 14 de agosto); y demás disposiciones complementarias;

Considerando que se han cumplido en el presente expediente los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro docente prviado de Educación Permanente de Adultos "Academia Pitágoras" cuyo código es 29602207 y domiciliado en Málaga, C/ Miguel Moya, n. 16 - 1. de la Barriada El Palo, con 3 unidades de Educación Permanente de Adultos para 40 puestos escolares. Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1. de la Ley de Procedimiento Administrativl, recurso de Reposición previo al Contencioso

-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2. de la Ley de Jurisdicción Contencioso- Administrativo.

Sevilla, 18 de abril de 1989

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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