Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 12/5/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Planificación

ORDEN de 5 de mayo de 1989, por la que se autorizan las tarifas de la Asociación Gremial Provincial de Auto-Taxi, Auto-Turismos y Servicios Especiales y de Abono de Huelva, de la ciudad de Punta Umbria.

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De conformidad con lo esablecido en el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad en materia de precios autorizados y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y 4 de abril de 1989,

DISPONGO:

Aprobar las tarifas para la "Asociación Gremial Provincial de Auto-taxi, Auto-turismos y Servicios Especiales y de Abono de Huelva"; de la ciudad de Punta Umbría, que a continuación se relacionan, y disponer su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS

CONCEPTO IVA INCLUIDO

A) Tarifa base:

Baja de bandera 78 ptas.

Por cad Km. recorrido 41 ptas.

Hora de parada 1.081 ptas.

Carrera mínima 200 ptas.

B) Suplementos:

Por cada maleta o bulto análogo 34 ptas.

Suplementos días festivos

(desde las 0 a las 24 horas) 49 ptas.

Servicios nocturnos en días laborables

(desde las 22 a las 6 horas) 49 ptas.

Para la aplicación de estas tarifas se tendrá necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de mayo de 1989

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda y Planificación

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