Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 12/5/1989

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Fomento y Trabajo

ORDEN de 20 de abril de 1989, por la que se nombran por sustitución, vocales del Consejo Andaluz de Cooperación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de 8 de octubre de 1987, por la que se regula el acceso de las Federaciones de Cooperativas y sus Asociaciones al Consejo Andaluz de Cooperación, establece, en su artículo 3, que el Consejero de Trabajo y Bienestar Social (hoy Consejero de Fomento y Trabajo), mediante Orden, distribuirá el número de vocales correspondientes a las Organizaciones Cooperativas de acuerdo con lo establecido en los artículos 3º.4 y 4º, en relación con su Disposición Transitoria, del Decreto 367/1986, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Andaluz de Cooperación. Realizada por Orden de 24 de febrero de 1988, la distribución entre las Federaciones de Cooperativas y sus Asociaciones del número de vocales en el Consejo Andaluz de Cooperación, se procedió, por Orden de 7 de abril de 1988, al nombramiento de los mismos.

A su vez, fijado en dos años el primer mandato de los miembros del Consejo Andaluz de Cooperación, la Disposición Adicional 1. de la Orden de 8 de octubre de 1987, establece que en los supuestos de interrupción del mandato de los miembros del Consejo, éstos serán sustituidos hasta la terminación del mismo, debiendo para ello, según lo establecido en el artículo 4º.2 de la mencionada Orden, acreditar, ante el Consejero de Fomento y Trabajo, el acuerdo del organo estatutariamente competente que designe al sustituto.

En su virtud, y previa designación, respectivamente, de la Federeción de Cooperativas Andaluzas de Trabajo Asociado y la Federación de Cooperativas de Agricultores y Ganaderos Andaluces.

DISPONGO:

Artículo 1º. Nombrar vocal del Consejo Andaluz de Cooperación, en representación de la Federación de Cooperativas Andaluzas de Trabajo Asociado a D. Francisco Velasco Sánchez, en sustitución de D. Manuel Robles Aguila.

Artículo 2º. Nombrar vocal del Consejo Andaluz de cooperación, en representación de la Federación de Cooperativas de Agricultores y Ganaderos Andaluces, a D. Manuel García García, en sustitución de D. Juan Hidalgo Muñoz.

Sevilla, 20 de abril de 1989

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Fomento y Trabajo

Descargar PDF