Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 17/1/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

ACUERDO de 20 de diciembre de 1988, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el adoptado por el Consejo Rector del Instituto de Fomento de Andalucía, relativo al préstamo a Frutícola La Veguilla, Sociedad Anónima.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo previsto en el artículo 11 L) del Reglamento General de Instituto de Fomento de Andalucía, aprobado por Decreto 122/1987 de 6 de mayo, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de diciembre de

1988, ha acordado ratificar el acuerdo del Consejo Rector del citado ente público de 18 de noviembre de 1988 que a continuación se transcribe

ACUERDO:

Empresa: Fruticola La Veguilla, S.A.

Tipo de operacion: Prestamo.

CARACTERISTICAS DEL PRESTAMO:

Importe: 100.000.000 ptas.

Plazo amortizacion: 6 años.

Carencia: 1 año.

Tipo de interes: 9%

Disposición del prestamo: 24.000.000 ptas. a la constitución del prestamo.

25.000.000 ptas. previa justificación del 50% de la inversion.

25.000.000 ptas. previa justificación del 70% de la inversion.

26.000.000 ptas. cuando se haya realizado el 100% de la inversion. Sobre la realización de la inversion, la Gerencia Provincial emitira las certificaciones oportunas que acrediten la ejecución de aquella. Garantias: Hipoteca sobre la finca "El Alamillo" de 404 Has. Condiciones: 1º) Asignación a SOPREA,S.A. de un puesto en el Consejo de Administracion.

2º) La percepción de subvenciones oficiales concurrentes con la inversion objeto del prestamo, implicara la reducción automatica de este en la cuantía necesaria para que la suma de ambas fuentes de financiación no exceda del 70% de la parte del presupuesto aceptado destinado a inversiones fijas, quedando obligado el prestatario a reintegrar inmediatamente el esceso percibido, y el Instituto de Fomento a reajustar proporcionalmente el importe de las anualidades de amortizacion. Esta circunstancia debera quedar pactada en documento privado.

Sevilla, 20 de diciembre de 1988

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Fomento y Trabajo

Descargar PDF