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Desde la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía, mediante el Decreto 395/1986, de 17 de diciembre, hasta el momento presente, han venido efectuándose adaptaciones y ampliaciones, consecuentemente con las necesidades reales de las distintas Consejerías y Organismos Autónomos y de acuerdo con este criterio procede abordar de forma extraordinaria una modificación parcial de las correspondientes a la Consejería de Cultura y al Instituto Andaluz de Reforma Agraria, que permita resolver necesidades actuales que por su car'acter no admiten demora hasta la próxima actualización general de la Relación de Puestos de Trabajo.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Gobernación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, con informe de la Consejería de Hacienda y Planificación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de mayo de
1989.
DISPONGO:
Artículo Unico. Se aprueba la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura y al Instituto Andaluz de Reforma Agraria, que se publica como anexo al presente Decreto.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Por la Consejería de Hacienda y Planificación se realizarán las modificaciones técnicas necesarias para la dotación de los puestos creados por le presente Decreto.
Segunda. Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos derivados del mismo serán de 1 de enero de 1989.
Sevilla, 3 de mayo de 1989
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
(Vease ANEXO)
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