Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 13/6/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 23 de mayo de 1989, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Sevilla en el recurso contencioso-administrativo núm.1369/1986, interpuesto por D. Ambrosio Redondo Romero.

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En el Recurso contencioso-administrativo n. 1369/86, interpuesto por D. Ambrosio Redondo Romero, contra la Resolución de la Agencia de Medio Ambiente de 25 de marzo de 1986, desestimatoria del Recurso de Alzada, interpuesto contra otra del Director Provincial de la Agencia de Medio Ambiente de Córdoba de 15 de enero de 1986, por las que se sancionó por carecer de licencia y caza de especies protegidas al Sr. Redondo Romero, con multa e indemnización, y en consecuencia con el Recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 19 de dicembre de

1988, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra Resolución de la Agencia de Medio Ambiente de 25 de marzo de 1986, desestimatoria del recurso de alzada contra otra de la Dirección Provincial de la Agencia de Córdoba de 15 de enero de 1985, por las que se impusieron a los hoy demandantes, respectivamente, multa de 5.000 pesetas, por la comisión de tres infracciones: 1. grave, tipificada en el artículo 48.1.12; 2. leve, tipificada en el artículo 48.2.1; y 3. leve, tipificada en el artículo

48.2.31, siempre del Reglamento de Caza; e indemnización por valor de

166.666 pesetas; resoluciones que revocamos en lo referente a la existencia de la primera infracción, así como de la indemnización y de su cuantía y que mantenemos en lo relativo a la cuantía de la multa y a las infracciones 2. y 3. Sin costas".

En su virtud, esta Agencia de Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 23 de mayo de 1989.- El Director, Tomás de Azcárate y Bang.

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