Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 15/6/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 7 de junio de 1989, por la que se convoca el I Premio Andalucía al fomento a la Investigación Científica y Técnica.

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La Consejería de Educación y Ciencia consciente de la necesidad de crear incentivos para la Investigación Científica y Técnica; deseando asimismo, alentar a las Instituciones, Organismos y Empresas, de carácter público y privado; y atendiendo a las amplias perspectivas del futuro científico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha considerado convocar públicamente Premios que valoren el apoyo al fomento de la Investigación.

La calidad de la investigación está en consonancia con las personas y equipos responsables de ella, así como de las Instituciones que la fomentan; por ello la Consejería de Educación y ciencia, como una actuación más de apoyo a la investigación científica y el desarrollo tecnológico de la Junta de Andalucía.

HA RESUELTO

Artículo Primero. Convocar el Premio Andalucía al fomento de la Investigación Científica y Técnica.

Artículo Segundo. El Premio Andalucía al fomento de la Investigación Científica y Técnica estará dotado con 250.000 pesetas y una placa acreditativa.

Artículo Tercero.

1) Al Premio Andalucía al fomento de la Investigación Científica y Técnica podrán optar aquellas Instituciones, Organismos y Empresas de carácter público o privado que de forma destacada contribuyan al fomento de la investigación en nuestra Comunidad Autónoma.

2) Los candidatos al Premio podrán ser presentados por: Las Universidades.

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Los Organismos Públicos de Investigación de ámbito andaluz. Las Academias de Andalucía.

Las Consejerías de la Junta de Andalucía.

Artículo Cuarto.

1) La presentación de los candidatos deberá realizarse en la Consejería de Educación y Ciencia.

2) Se especificará el nombre de la Institución, Organismo o Empresa, acompañado de los criterios de selección y un informe sobre la labor desarrollada por dicha entidad.

3)El Plazo de presentación de candidatos queda abierto desde el momento de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 31 de julio de 1989.

Artículo Quinto. El Premio se concederá al candidato que a juicio del Jurado de Selección contribuya de forma más destacada al desarrollo Tecnológico y Científico Andaluz.

Artículo Sexto.

1) El Jurado será nombrado por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia.

2) El fallo del Jurado será inapelable.

3) El Premio podrá declararse desierto.

Sevilla, 7 de junio de 1989.

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia.

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