Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 27/6/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 12 de junio de 1989, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1172/86, interpuesto por Hoteles Mallorquines Unidos, S.A.

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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 10 de marzo de 1989, por la Audiencia Territorial de Granada en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1172/86 promovido por la Empresa Hoteles Mallorquines Unidos S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

FALLO: Desestimar la causa de inadmisibilidad alegada por el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y estimar el recurso contencioso-adminitrativo interpuesto por la Procuradora Dª Mª Jesús Cándenas González, en nombre y representación de Hoteles Mallorquines Unidos S.A. contra la Resolución de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía de 2 de septiembre de 1986, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la dictada por la Dirección General de Trabajo de la mencionada Consejería de

10 de marzo del mismo año; por la que en base a lo constatado en el Acta nº 2497/85, se sancionaba a la recurrente por una infracción grave de carácter laboral, apreciada en grado mínimo; a la sanción de multa en cuantía de 250.000 pesetas; anular los referidos actos por no ser ajustados a derecho, dejando sin efecto la sanción mencionada; sin hacer declaración sobre las costas.

Sevilla, 12 de junio de 1989.- El Secretario General Técnico A. José Millán Villanueva.

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