Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 15/7/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 27 de junio de 1989, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto

2619/66, Ley 10/66 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º. del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y artículo 5º. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de

2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto Autorizar Administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada - Escudo del Carmen 31.

LINEA ELECTRICA

Origen: CC.TT. La Pileta y Horno Higueras. Final: Red de baja tensión.

Términos municipales afectados: Illora.

Tipo: Aérea y subterránea.

Longitud en km.: 1,700; 0,620; 0,400; y 1,670. Tensión de servicio: 380/220 V.

Conductores: Al de 3150; 3,595; 450; y 425 mm2. Apoyos: Hormigón.

ESTACION TRANSFORMADORA

Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 19.702.459, pesetas.

Finalidad: Atender nuevas peticiones de suministro y mejorar la calidad del servicio en la zona (Planer 87). Referencia: 366/88/BT.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 27 de junio de 1989.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.

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