Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 21/7/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 5 de julio de 1989, por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1189/87, interpuesto por Don Juan José Martínez Sampere.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 1189/87 seguido a instancia de D. Juan José Martínez Sampere, contra resolución de

8 de abril de 1987, de la Viceconsejería de Salud y Consumo, desestimatoria del recurso de alzada contra el acuerdo de 15 de diciembre de 1986, del Tribunal del Concurso para la provisión de puestos de Jefes de Servicio y de Sección en los Servicios Jerarquizados de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social en Andalucía, se ha dictado Sentencia con fecha 19 de mayo de 1989, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor: "Fallo: Rechaza la causa de inadmisibilidad invocada por la representación Letrada de la Junta de Andalucía y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de D. Juan José Martínez Sampere, contra la resolución de la Viceconsejería de Salud de 8 de abril de 1987, que confirmó en trámite de alzada el acuerdo de 15 de diciembre de 1986, del Tribunal del Concurso para la previsión de la plaza de Jefe de Servicio de "Medicina Nuclear" del Hospital Virgen de las Nieves de Granada, convocada por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Consumo, estimándose ajustados a Derecho tales actos; sin expresa condena en costas".

En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 5 de julio de 1989

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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