Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 25/7/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 17 de julio de 1989, por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Sevilla, con fecha 17 de octubre de 1985, ratificada en apelación el 28 de septiembre de 1988, en el recurso contencioso núm. 787/83 interpuesto por el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación sobre aprobación de normas subsidiarias.

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Ilmos. Sres.:

En el recurso contencioso-administrativo nº 787/83 promovido por el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación contra Resolución de la Dirección General de Urbanismo de 10 de mayo de 1983, desestimatoria del recurso de alzada promovido contra Acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Sevilla de 17 de noviembre de 1982, sobre aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de Bollullos de la Mitación, ha sido dictada sentencia por la Excma.

Audiencia Territorial de Sevilla con fecha 17 de octubre de 1985, ratificada en apelación por el Tribunal Supremo de 28 de septiembre de 1988, cuya parte dispositiva, literalmente dice:

"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Ledesma Pérez en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación contra los Acuerdos de 17 de noviembre de 1982 y 10 de mayo de 1983 de la Comisión Provincial de Urbanismo de Sevilla y de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura de la Junta de Andalucía respectivamente, debemos anular y anulamos los mismos por no ser conformes con el ordenamiento jurídico en cuanto deciden aprobar las normas subsidiarias de Bollullos de la Mitación con la rectificación de que los terrenos clasificados como urbanizables de la finca "La Juliana" pasan a clasificarse como no urbanizables de Conservación prioritaria (zona forestal), y en consecuencia declaramos que tales terrenos de la finca citada tienen la calificación de suelo urbanizable; sin costas".

Esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los arts. 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y lo establecido asimismo, en el Real Decreto 698/79 de 13 de febrero y 1139/84 de 8 de junio, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.

Sevilla, 17 de julio de 1989

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director eneral de Urnanismo, Delegado Provincial en Sevilla.

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