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Ilmos. Sres.:
En el recurso contencioso-administrativo nº 471/86 promovido a instancia de Dª Marhte Julie Warnier y Dª Mary Madline Frances Paterman contra resolución de la Dirección General de Urbanismo de 18 de junio de 1986, sobre infracción urbanística en Urbanización Platero II, ha sido dictada sentencia por la Audiencia Territorial de Sevilla con fecha 15 de octubre de 1988, en cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Martín Toribio, en nombre y representación de doña Marhte Julie Warnier y doña Mary Madline Frances Paterman contra la desestimación por silencio del recurso de alzada deducido frente al acuerdo de la Dirección General de Urbanismo de la Junta de Andalucía de 18 de junio de 1984, lo que debemos confirmar y confirmamos por ser conformes con el ordenamiento jurídico. Sin costas".
Esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los arts.
103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso
-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y lo establecido asimismo en el Real Decreto 698/79 de 13 de febrero y 1139/84 de 8 de junio, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 17 de julio de 1989
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y TransportesIlmos. Sres.: Viceconsejero Secretario General Técnico, Director General de Urbanismo, Delegado Provincial en Sevilla
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