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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículo 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 Ty 119 del Reglamento de Bienes de las Entidade Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de
30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la Legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la permuta de un terreno, de los bienes de propios del Excmo. Ayuntamiento de Mairena del Alcor (Sevilla), por otro propiedad de D. Antonio Trigueros Ortega, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 3 de abril de 1989, y cuyas descripciones son las siguientes:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Solar de 300'00 m2 sito en El Patriarca de propiedad municipal. Limita al Norte y Oeste con terrenos propiedad del Ayuntamiento, al Sur con calle Ubeda y al Este con Avda. Juan de Mairena. Tiene una valoración de
2.100.000 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR
Finca sita en el Pago de La Ladera, de 5.480 m2 de superficie, propiedad de D. Antonio Trigueros Ortega. Linda al Norte con calle de Circunvalación (antigua Vereda del Huerto); Sur con finca de Encarnación Mellado Ortega y tierra de D. José Domínguez Romero; Este, con terrenos propiedad del Ayuntamiento (antiguo Cementerio); y Oeste, con el Arroyo del Prado. Tiene una valoración de 2.466.000 ptas.
Sevilla, 11 de julio de 1989.
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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