Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/7/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 6 de julio de 1989, por la que se convocan subvenciones para proyectos de investigación y becas de iniciación a la investigación y de ampliación de estudios para la formación de personal investigador en las instituciones en Ciencias de la Salud de la Comunidad Autónoma.

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La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, considera fundamental la investigación para el progreso del Sistema Sanitario, y fija como una de las actuaciones que deberán llevar a cabo las Administraciones Públicas, a través de sus servicios de salud, la de fomentar la investigación científica en el campo específico de los problemas de la salud.

En otro contexto, la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación, establece, como uno de los objetivos básicos del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, la investigación básica a través de una financiación regular de la misma que haga posible el mantenimiento y la promoción de equipos de investigación, incorporando la función investigadora en la expresión del gasto público. Por todo ello, el Plan Andaluz de Investigación, instrumento para el fomento y la coordinación de la Investigación Científica y técnica en la Comunidad Autónoma Andaluza, tiene como uno de sus fines fundamentales, la formación de personal investigador a fin de disponer de los recursos humanos necesarios que reviertan en el Servicio Andaluz de Salud. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Ordenación Sanitaria.

D I S P O N G O :

Artículo 1º. Se convocan subvenciones para Proyectos de Investigación y Becas de Iniciación a la Investigación y de Ampliación de Estudios para la formación de personal investigador según las normas que se establecen en los Anexos a esta Orden.

Artículo 2º. Se faculta a la Dirección General de Ordenación Sanitaria para que adopte las medidas necesarias que permitan el cumplimiento de esta Orden.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de julio de 1989

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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